La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) inició una investigación por la posible realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de la producción, distribución y comercialización de productos como pañales para bebé, protección sanitaria femenina, productos para incontinencia, papel higiénico, toallas húmedas y otros relacionados.
La comisión publicó, en su portal de internet y en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el extracto del acuerdo de inicio de investigación por oficio "en el mercado de la producción, distribución y comercialización en el territorio nacional de productos para la higiene manufacturados con celulosa, pulpa de celulosa y sus derivados".
Precisa que se investigan "posibles acuerdos entre competidores con el objeto o efecto de manipular los precios, así como de intercambiar información entre ellos para realizar alguna de las conductas consideradas como prácticas monopólicas absolutas".
El organismo aclaró que esta investigación, que inició el 29 de noviembre de 2017, no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno; toda vez que hasta el momento no se han identificado, en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia económica.
¿Qué son las prácticas monopólicas absolutas?
Son contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea la manipulación de precios, restricción o limitación de la oferta o la demanda, división o segmentación de mercados, concertación o coordinación de posturas en licitaciones, así como el intercambio de información entre ellos para realizar alguna de las conductas anteriores.
El plazo para esta indagatoria es de hasta 120 días hábiles, contados a partir de la fecha de inicio de la investigación, el cual podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por cuatro ocasiones.
De comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, y de acuerdo con la Ley Federal de Competencia Económica, los agentes económicos podrían ser multados hasta con el 10 por ciento de sus ingresos.
También podrían ser sancionados económicamente quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la comisión de las prácticas. Las personas físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de este tipo de acuerdos entre competidores, podrían recibir prisión de conformidad con el Código Penal hasta por 10 años.
MCM