La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) reveló que dentro del mercado de expendio, comercialización, distribución, almacenamiento, importación y sobre todo producción de turbosina que se usa para el mercado de los aviones en el país, se detectó falta de competencia adecuada dentro de ese sector por la presente regulación de ese combustóleo.
Mediante un dictamen emitido de forma preliminar publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Cofece resaltó diferentes frenos o barreras dentro de la competencia del mercado de turbosina derivado de las regulaciones, mismo que perjudica a los usuarios de los servicios aéreos y de carga del sector.
“La Autoridad investigadora emitió el Dictamen Preliminar, al determinar preliminarmente que no existen condiciones de competencia efectiva en los mercados relevantes por la probable existencia de barreras a la competencia y libre concurrencia”, dicta el documento publicado en el DOF.
La Cofece expuso que entre las barreras que detectaron están diversas disposiciones del régimen de permisos previos de importación, que limitan y restringen de manera directa e indirecta la entrada y permanencia a agentes económicos en la importación y comercialización de turbosina.
En ese sentido añadió que existe escasez y falta de acceso a la infraestructura de almacenamiento externo de turbosina, lo cual resaltó inhibe la capacidad de competir de participantes actuales y potenciales en el mercado relevante de comercialización primaria y en el mercado relevante de comercialización secundaria.
“La barrera tres: ASA se encuentra verticalmente integrado en los segmentos de comercialización secundaria, almacenamiento interno y expendio de turbosina, y no ha completado su separación funcional, operativa y contable, lo que restringe la competencia en el mercado relevante de comercialización secundaria y los mercados relevantes relacionados con el suministro”, argumentó.
Destacó que otra barrera en el dictamen preliminar está en los títulos de concesión para la operación y administración de los aeropuertos existen cláusulas de exclusividad en favor de ASA (Aeropuertos y Servicios Auxiliares) para las actividades de almacenamiento interno y expendio de turbosina, lo que limita la competencia en los mercados relevantes de almacenamiento interno y los mercados relevantes de expendio.
“La barrera cinco: la mayor parte de la capacidad de almacenamiento externo de turbosina en el país, se encuentra contratada con Pemex TRI, y no existen límites máximos a su reserva de capacidad, lo cual limita o restringe la entrada de competidores al mercado relevante de comercialización primaria y al mercado relevante de comercialización secundaria, y restringe el desarrollo eficiente de mercados competitivos en estos”, afirmó la Cofece.
Destacó que en las secciones iníciales del dictamen preliminar, se presentan las facultades de la Autoridad Investigadora de la Cofece para realizar la investigación y emitir el dictamen y la cronología de la investigación, “la cual transcurrió del 31 de octubre de 2019 hasta el 24 de noviembre de 2021”.
“El dictamen preliminar contiene una descripción del mercado investigado. En esta sección se presenta un listado de las autoridades públicas que tienen relación con dicho mercado, entre las que destacan la SE, la SENER, la CRE y la SHCP. Asimismo, se incluye una descripción de los agentes económicos que se relacionan con el mercado investigado; tal es el caso de ASA, Pemex Log y Pemex TRI, entre otros”, concluyó.
MRA