¿Te tocó trabajar en Año Nuevo? Esto te deben pagar

De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, por un día festivo laborado se tiene que ganar el triple.

Son días hábiles con excepción de los sábados y domingos, los de descanso obligatorio, los festivos que señale el calendario oficial.
Ciudad de México /

Si te tocó trabajar este Año Nuevo, que en esta ocasión se celebrará en fin de semana, la Ley Federal del Trabajo estable los días de descanso obligatorios y festivos y el salario de debes percibir si por tus actividades debes laborar.

De acuerdo con el artículo 73 de la ley, "los trabajadores no están obligados a prestar servicios en sus días de descanso. Si se quebranta esta disposición, el patrón pagará al trabajador, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado".

Además, de acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, por un día festivo laborado se tiene que ganar el triple.

Días de descanso obligatorio

De acuerdo con el artículo 74 de la Constitución, los días de descanso obligatorio para los trabajadores mexicanos son:

  • El primero de enero.
  • El primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero.
  • El tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo.
  • El primero de mayo.
  • El 16 de septiembre.
  • El tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de noviembre.
  • El primero de diciembre de cada seis años, cuando se realiza el cambio de gobierno federal.
  • El 25 de diciembre.

"Son días hábiles todos los del año con excepción de los sábados y domingos, los de descanso obligatorio, los festivos que señale el calendario oficial y aquéllos en que las autoridades laborales señaladas en el artículo anterior suspendan sus labores", refiere el artículo 715 de la Constitución.

En este contexto, si vas a trabajar ya sea el 25 de diciembre y primero de enero, y tienes un sueldo de 10 mil pesos mensuales, así debe calcular lo que deberás recibir como pago:

Ejemplo: Un sueldo de 10,000 pesos mensuales, deberás dividirlo entre 30 días del mes y el resultado multiplicarlo por tres.

10,000 / 30 = 333.3 X 3= 1,000 pesos

MRA/AMP

  • Redacción
  • digital@milenio.com
  • La redacción de Milenio está compuesta por un equipo de periodistas y colaboradores con amplia experiencia en el campo del periodismo y la comunicación.

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.