Durante las fiestas decembrinas, el 1 de enero es considerado un día de asueto oficial, según la Ley Federal del Trabajo. Por lo tanto, las empresas y patrones deberán renumerar el doble del salario diario a sus trabajadores en caso de requerir sus servicios en dicha fecha establecida.
¿Cuánto me deben de pagar si trabajo el 1 de enero?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, las personas que laboren el día 1 de enero tendrán que recibir su pago diario normal más el doble. Además, en esta ocasión, este 1 de enero de 2023 caerá en domingo, así que los trabajadores deberán recibir también el 25 por ciento de su sueldo diario por la prima dominical.
Según lo indica el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo:
“Las y los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
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¿Cuáles son los días feriados oficiales para 2023 en México?
La Ley Federal del Trabajo ha establecido los siguientes días como feriados o puentes oficiales para el año 2023 en México:
1 de enero: Al caer en domingo, la empresa en la que trabajas debe pagar al triple en caso de que debas trabajar u ofrecer tus servicios en este día, además, te corresponde una prima dominical.
6 de febrero: Será el primer lunes del mes y corresponde a la celebración del Día de la Constitución.
20 de marzo: Corresponde a las celebraciones del natalicio de Benito Juárez y cae el tercer lunes del mes de marzo.
1 de mayo: Cae en lunes, por lo que habrá puente ese fin de semana.
16 de septiembre: Esta celebración cae en sábado, así que sí trabajas en este día deberá ser descanso obligatorio o la empresa deberá pagarlo doble.
20 de noviembre: Día de la Revolución Méxicana y será el tercer lunes de noviembre.
25 de diciembre: En este día se celebra la Navidad, será lunes, por lo que habrá puente en ese fin de semana.
Por otro lado, existen otros días festivos que no están marcados como días oficiales de asueto por la ley:
- 6 de abril y 7 de abril: Jueves y Viernes Santo.
- 5 de mayo: Batalla de Puebla.
- 12 de octubre: Día de la Raza.
- 2 de noviembre: Día de Muertos.
- 12 de diciembre: Día de la Virgen de Guadalupe.