¿Nuestros datos personales están a salvo tras la invalidez del Panaut? Esto dicen expertos

La inconstitucionalidad del Panaut demostró que no existe una estrategia pública digital por parte del gobierno mexicano, acusaron especialistas.

El Panaut fue un proyecto del presidente Andrés Manuel López Obrador. (Shutterstock)
Ciudad de México /

La inconstitucionalidad del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) supone un beneficio para los usuarios, pues sus datos privados se mantienen en confidencialidad, pero también demuestra una falta de estrategia pública digital por parte de la actual administración, apuntó Jorge Fernando Negrete, socio presidente y fundador de Digital Policy & Law Group.

Durante la jornada de este lunes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) logró sumar nueve votos a favor la invalidez del Panaut, proyecto del presidente Andrés Manuel López Obrador que buscaba unificar todos los datos personales y biométricos de los usuarios de telefonía móvil, a fin de que estos estuvieran al resguardo del Estado y con ello un combate al crimen organizado que hace de estos medios tecnológicos una herramienta para delinquir.

“El poder Judicial donde claramente le está señalando (al presidente) que lo que está haciendo en materia de conectividad no funciona, no está haciendo lo correcto, que no debe confundir seguridad pública con conectividad, son cosas totalmente distintas”, señaló Negrete en entrevista para MILENIO.

El especialista calificó de “incongruente” la propuesta que señalaba al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) como órgano ejecutor Padrón de Usuarios, pues dijo, el regulador está para brindar mayor acceso de internet y ser un facilitador de derecho a las telecomunicaciones.

Negrete añadió que son varios los desaciertos que tiene la administración pública en materia de telecomunicaciones, que van desde la eliminación de la Subsecretaría de Telecomunicaciones; quitarle facultades a la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y trasladarlas a la Estrategia Nacional Digital, proyecto que carece de una estrategia de banda de ancha del país y conectividad serio; además de mantener costo de espectro radioeléctrico caro.

Durante la Sesión del Pleno de la SCJN, la ministra Norma Lucía Piña, quien es la encargada de elaborar el proyecto de sentencia, sostuvo que el Panaut "impone una afectación a los derechos humanos a la privacidad, intimidad y protección de datos personales y sensibles que no resulta razonable ni justificada".

En tanto, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá remitió al Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut) como un mal antecedente de que, "paradójicamente", ceder el control de los datos personales representa en sí mismo un peligro para la seguridad de los usuarios.

"La experiencia del fallido Renaut, creado en el 2009, es un buen ejemplo de esto, contrario a lo esperado él puso en mayor riesgo a los usuarios de telefonía móvil y, al filtrarse, por eso, en el 2011 se destruyó, sin embargo, esta base de datos ya se encontraba en el mercado ilegal en nuestro país", destacó.

Precedente para futuras creaciones de padrones

La invalidez del Panaut avalado durante la jornada de hoy por parte de la SCJN es un precedente para analizar a profundidad las futuras creaciones de padrones que contengan datos sensibles de usuarios, señaló el Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones (IDET).

Tras conocerse el veredicto del máximo órgano del Poder Judicial, el IDET resaltó que el Padrón rechazado en esencia atentan contra el derecho a la conectividad expresado en la Constitución y generan mayores riesgos para la población que los beneficios acotados que supuestamente generaría un instrumento de esa naturaleza en manos de cualquier autoridad.

“Infringe desproporcionadamente los derechos fundamentales a la privacidad, intimidad y protección de datos personales y resulta incompatible con las exigencias y estándares que impone una sociedad democrática”, sostuvo el IDET ante el rechazo de la Suprema Corte.

El IDET recalcó lo que hace prácticamente un año advirtió sobre las deficiencias jurídicas que adolecía el decreto de reforma aprobado por ambas cámaras del poder Legislativo.

Entre otras cuestiones, estaba el hecho de que ante la omisión de inscribirse en el registro que debía crear el IFT la consecuencia prevista en esa reforma era la cancelación permanente de la línea telefónica del usuario en cuestión.

Asimismo, el IDET señaló desde el primer momento que la reforma había pasado por alto que cerca del 83 por ciento de los usuarios de telefonía móvil de nuestro país están en la modalidad de prepago, lo que en sí mismo significaba un problema porque los usuarios de esa modalidad no tendrían un incentivo a inscribirse en el Panaut.

Con información de: José Antonio Belmont

AMP​

  • Luis Pablo Segundo

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.