Es bien sabido que en la mayoría de los trabajos se cuentan con las prestaciones de ley, sin embargo, muchos de los empleados no saben a cuáles se refieren y cuáles no les han sido entregadas o nunca las han solicitado.
Todas estas prestaciones están estipuladas en la Ley Federal del Trabajo, por lo que debes saber que en cuanto firmes contrato con la empresa eres acreedor a ellas.
En MILENIO te recordaremos estas prestaciones para que, si un día las necesitas, puedes pedirlas en el departamento correspondiente así como hacerlo con tu jefe directamente para evitar algún contratiempo.
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¿Cuáles son las doce prestaciones?
De acuerdo con lo establecido por la Profedet, tienes derecho a doce prestaciones ordinarias cuando comienzas a trabajar en una empresa.
Aunque estas se confunden con las prestaciones laborales como los créditos o préstamos, éstas son las que la Profedet tiene autorizadas.
Éstas tienen que ver con algunos de los ingresos extras que recibe el trabajador en periodos extraordinarios, así como los periodos de descanso que cada uno de los empleados tiene derecho.
Las 12 prestaciones son las siguientes:
- Aguinaldo: Cantidad que debe ser pagada por el patrón a cada uno de sus trabajadores en el mes de diciembre.
- Vacaciones y prima vacacional: Los trabajadores deben disfrutar en forma continua 6 días de vacaciones, por lo menos. Prima vacacional es una cantidad adicional que se paga para el disfrute de las vacaciones.
- Prima dominical: Monto adicional que paga el patrón al trabajador por laborar el día domingo, cuando tenga como descanso cualquier otro día de la semana.
- Días de descanso: Derecho que tiene el trabajador a disfrutar de un día de descanso, por cada seis laborados.
- Licencia de maternidad: Derecho que tienen las mujeres trabajadoras antes y después del parto para no asistir a sus labores, con el objeto de proteger la maternidad y cuidado del infante.
- Licencia por adopción: Derecho que tienen las personas trabajadoras en caso de adopción, para no asistir a sus labores, con el objeto del cuidado del infante.
- Periodo de lactancia: Tiempo durante el cual las madres trabajadoras tienen derecho a reposo para alimentar a sus hijos después del nacimiento.
- Licencia de paternidad y adopción: Permiso que tienen los hombres trabajadores para no asistir al desempeño de sus labores por el nacimiento de su hijo o en el caso de la adopción de un infante.
- Prima de Antigüedad: Pago adicional que se otorga a los trabajadores de planta, por el tiempo laborado al servicio del patrón.
- Prestaciones derivadas por renuncia: Facultad del trabajador para dar por terminada voluntariamente la relación de trabajo, por convenir así a sus intereses.
- Prestaciones que se generan por despido injustificado: Terminación unilateral de la relación de trabajo por parte del patrón, sin causa justificada.
- Participación de utilidades: Derecho que tienen los trabajadores a recibir una parte de las ganancias obtenidas por su patrón en el año anterior, por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.
Recuerda que si eres trabajador tienes derecho a estas doce prestaciones, de lo contrario deberás acudir a recursos humanos de tu lugar de trabajo para solucionar cualquier embrollo.