Reforma fiscal no aumentará el padrón de contribuyentes: ICPNL

Entre los cambios destacan el límite de deducciones, ampliación de facultades del SAT para sancionar al contribuyente, pero se queda corta para disminuir la informalidad.

Los contribuyentes de este régimen (RESICO) deberán cumplir con formalidades como: tener firma electrónica (e-firma).
Esther Herrera
Monterrey /

La recién aprobada reforma fiscal para el 2022 plantea varios cambios entre estos, destaca la ampliación de facultades de la autoridad para sancionar a contribuyentes, se limitan deducciones, también se pretende aumentar el padrón de contribuyentes, aunque esto no necesariamente se reflejará en un incremento en la formalidad.

El Instituto de Contadores Públicos de Nuevo León (ICPNL) consideró que uno de los cambios es el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas, al cual podrán aplicar quienes realicen actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento, cuyos ingresos no superen los 3.5 millones de pesos anuales.

De acuerdo con el RESICO ofrece el beneficio de pagar tasas de Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre los ingresos cobrados, que van desde el 1 por ciento hasta el 2.5 por ciento.

También se pretende que este sea el incentivo que motive al sector informal a dejar de serlo.

Nora Flores, presidenta del ICPNL, comentó que los contribuyentes de este régimen (RESICO) deberán cumplir con formalidades como: tener firma electrónica (e-firma), emitir comprobantes fiscales digitales por internet (cfdi), pagar adicionalmente IVA, tener buzón tributario, presentar declaración mensual y anual, solo por mencionar algunos.

“Las personas del sector informal no están acostumbradas a cumplir con este tipo de obligaciones, lo cual ya representaría un cambio importante”, añadió.

Mencionó que existe un inconveniente, el RESICO sustituye al Régimen de Incorporación Fiscal, lo que pudiera abrir la puerta a que algunos contribuyentes que actualmente están en otros regímenes, pudieran migrar a él, lo cual sería benéfico para ellos. Pero el efecto en la recaudación pudiera verse impactada, ya que actualmente este tipo de contribuyentes pagan mayores impuestos.

Indicó que las personas físicas son sujetas a la aplicación de la discrepancia fiscal, que significa que la autoridad tenga evidencia de que las erogaciones sean superiores a los ingresos declarados, lo que repercute en una serie de consecuencias de mucho impacto legal.

Expuso que este concepto, es el que de manera automática se aplicaría a todos los ciudadanos. Pero no son normalmente manejados o conocidos en el sector informal, donde la mayoría de las transacciones ocurren en efectivo.

“Por lo tanto, el RESICO tal y como se propone pudiera no ser suficientemente atractivo para aumentar el padrón de contribuyentes, al menos que se refuerce con otros elementos que alienten a la formalidad”, subrayó Flores.

La presidenta del ICPNL, refirió que hay otro punto de revuelo en el ámbito de las personas físicas y tiene que ver con la eliminación del tope de deducción individualizada que se tenía en los donativos, del 7 por ciento de los ingresos acumulables; a lo que ahora se integra al tope general de 15 por ciento de los ingresos o 5 UMA’S anualizadas.

Flores, citó datos del Centro Mexicano para la Filantropía, de las cinco mil 073 organizaciones que reciben donativos de personas físicas, si bien en monto representa el 11 por ciento del total de las donaciones a nivel nacional, pudiera representar aumento en recaudación, pero esto provocará un impacto en necesidades sociales y sectores vulnerables que serán descubiertas y deberán ser fondeadas por el presupuesto público.

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