La Academia Mexicana de Impacto Ambiental (AMIA) sostuvo que el instrumento de política ambiental conocido como “evaluación del impacto ambiental” está consagrado en la Ley General el Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), por lo que los proyectos que promueve el Ejecutivo federal también deben cumplir con dichas disposiciones.
En un comunicado, la asociación civil subrayó que México es un país donde prevalece el Estado de Derecho, por lo que “la evaluación del impacto ambiental” debe aplicar a todos, esto es, a las instituciones públicas y a todos los particulares en general.
“Ante los recientes acontecimientos y habiendo participado activamente en la reunión pública de información del proyecto Tren Maya y considerando el estado del procedimiento del expediente, hacemos patente lo siguiente: por principio, todo el proyecto debe, necesariamente, sujetarse a las disposiciones que, sobre impacto ambiental, establece la LGEEPA y su Reglamento en la materia”.
Añadieron que “no debe haber diferencia en el trato o no cumplir con dichas disposiciones, por ser un proyecto que promueve el Ejecutivo Federal”.
La AMIA resaltó que el no llevar a cabo los estudios sobre impacto ambiental ni considerar las afectaciones socioambientales, pone a la zona y a sus pobladores, en un estado de vulnerabilidad significativa, afectando su derecho a un medio ambiente sano.
“Estamos ciertos que los proyectos de infraestructura deben ser de beneficio para la población, sin embargo, el que nos ocupa, no cumple con dicho objetivo, se aleja del bien común, no cuenta con los estudios elementales y compromete a los ecosistemas en donde está incidiendo”.
De esa manera, exhortó a las unidades administrativas correspondientes a tomar en cuenta las participaciones y las documentales que fueron exhibidas en la reunión pública de información, donde se hicieron valer diversos aspectos que hacen evidente el impacto significativo donde se está ejecutando el proyecto del Tren Maya.
“Invitamos de manera atenta y cordial, pero no menos enérgica, a que el proyecto sea, como lo establece la misma LGEEPA, evaluado de manera integral a efecto de poder analizar los impactos sinérgicos, acumulativos y residuales que se vayan a generar y verificar la congruencia con las medidas de prevención y mitigación comprometidas”.
La AMIA añadió que además se debe cumplir con las obligaciones legales en materia de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, así como la vinculación con los criterios y disposiciones del Programa de Ordenamiento Ecológico y los demás instrumentos normativos que son aplicables al caso.
“Todos creemos en un real Estado de Derecho, no vulneremos los principios y reglas que lo rigen”.
AMP