¿Cuándo deben presentar su declaración anual las personas morales?

El SAT creó la herramienta de la declaración anual para personas morales, la cual es pre llenada con información que los propios contribuyentes.

Los contribuyentes obligados a presentar esta declaración son las personas morales del régimen general. Foto: (Pixabay)
Ciudad de México /

En marzo, las personas morales deben de presentar su declaración anual de impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la fecha límite es el 31 de este mes. Aquí te damos algunas indicaciones de lo que se debe considerar para cumplir con esta obligación fiscal.

Recordemos que a partir del ejercicio 2019, el SAT creó la herramienta de la declaración anual para personas morales, la cual es pre llenada con información que los propios contribuyentes manifestaron en declaraciones anuales y provisionales de Impuesto Sobre la Renta (ISR), así como la información de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de nómina emitidos por ellos.

En esta declaración se presentan las siguientes obligaciones:

  • Declaración anual del ISR.
  • Estado de posición financiera.
  • Presentación de información sobre situación fiscal.
  • Pago de ISR por ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes.

Adicionalmente a partir del ejercicio 2021, en esta declaración se presentarán las siguientes obligaciones:

  • Declaración anual del ejercicio por terminación anticipada.
  • Declaración anual por el periodo de liquidación.
  • Declaración final del ejercicio de liquidación

¿Quiénes están obligados a presentarla?

Los contribuyentes obligados a presentar esta declaración son las personas morales del régimen general, tales como: sociedades mercantiles, asociaciones civiles, asociación en participación, sociedades cooperativas, sistema financiero, fideicomisos con actividad empresarial, contratistas y asignatarios de hidrocarburos, contribuyentes que aplican en el estímulo de región fronteriza.

Asimismo, la presentarán las sociedades cooperativas de producción que únicamente están constituidas por socios personas físicas.

¿Quiénes no están obligados?

Las siguientes personas morales seguirán presentando su declaración anual en el mismo formulario en el que presentaron la declaración del ejercicio fiscal 2020:

  • Personas morales del régimen opcional del grupo de sociedades
  • Personas morales del régimen de coordinados.
  • Personas Morales del régimen de actividades agrícolas, ganaderas silvícolas y pesqueras.
  • Personas morales con opción de acumulación de ingresos
  • Personas morales con fines no lucrativos.

Éstos contribuyentes presentarán la declaración del ejercicio por terminación anticipada en el mismo formulario que presentan su declaración anual.


MRA

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