De acuerdo con la ley, en México las personas que prestan sus servicios a una empresa, persona moral o física tienen derecho a recibir las utilidades que se generan durante todo el año.
Aquí te decimos a quiénes sí corresponde este derecho.
EL DATO¿Qué es el reparto de utilidades?
Es una obligación que tienen los patrones de repartir entre los trabajadores o colaboradores una parte de las ganancias generadas durante el año anterior. Fuente: GeoVictoria
El artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo refiere que los trabajadores participarán en las utilidades de las empresas, de acuerdo con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
En tanto, el portal del Sistema de Administración Tributaria (SAT) advierte que todas las unidades económicas (empresas) de producción o distribución de bienes o servicios de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, están obligadas al reparto de utilidades.
También, todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio, sean o no contribuyentes del impuesto sobre la renta, deben cumplir con esta obligación.
Los trabajadores que laboran al servicio de un empleador tienen derecho a recibir utilidades, a excepción de los siguientes:
- Los directores, administradores y gerentes generales de la empresa.
- Socios o accionistas de la empresa.
- Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año al que corresponda el reparto de utilidades.
- Profesionistas técnicos y otros, que mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado.
- Los trabajadores del hogar.
¿Quién tiene derecho a las utilidades?
El SAT refiere que si trabajaste de planta o eventual, tienes derecho al reparto de utilidades, también llamado PTU, que generó tu empresa o la persona física.
"Tienen derecho al reparto de utilidades los trabajadores que laboraron el año anterior al servicio de uno o más patrones", refiere.
Geovani Cázares, CEO de GeoVictoria México, detalló a MILENIO que quienes deben recibir el reparto de utilidades son básicamente "colaboradores eventuales, ex empleados o colaboradores actuales que al menos hayan laborado mínimo 60 días en un período del año fiscal, que sería en este caso 2023".
Sin embargo, también los padres y madres en períodos de incapacidad por maternidad o paternidad, deben recibir este beneficio.
Aclaró que para ser parte de los empleados que reciben utilidades, se debió por lo menos, trabajar 60 días del período, en este caso de 2023.
MRA