Si eres un individuo o sociedad que piensa emprender el vuelo en el mundo de los negocios, sin importar a cuál sector te refieras, debes saber si eres una persona física o moral, para así cumplir con tus obligaciones y ejercer derechos como contribuyente.
Iniciar estos procesos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede sonar aterrador, pero para eso, MILENIO entrevistó a Alberto Isaac Jiménez Camacho, contador público con más de 20 años de experiencia trabajando con empresas nacionales y extranjeras.
¿Qué son las personas morales?
Según el contador Jiménez Camacho, son sociedades mercantiles, cuando 2 o más personas se agrupan para conformar una asociación o empresa; se constituyen ante un notario o un corredor públicos.
En este sentido, las personas morales ante el SAT obtendrán un acta constitutiva que indica el objetivo principal de la sociedad.
Jiménez Camacho agregó:
“(El acta determina) quiénes son los socios, accionistas o asociados, sus volúmenes de acciones, partes sociales, participación en toma de decisiones, así como ganancias al momento de repartir dividendos o remanentes distribuibles”.
Una vez que tú y tu grupo de emprendedores obtengan su acta constitutiva, podrán realizar trámites antes el SAT para obtener su RFC, e-firma, entre otros, para cumplir con obligaciones fiscales. Ahora, ¿qué tipo de obligaciones fiscales tienen personas morales ante la institución tributaria?
- Estar registrado en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Presentar declaraciones en los periodos indicados.
- Expedir comprobantes electrónicos de sus operaciones.
- Avisar cambios en sus datos como domicilio, representante legal, aumento o disminución de capital.
- Tener activado el buzón tributario para recibir avisos y notificaciones del SAT.
¿Qué pasa si personas morales no se registran ante el SAT?
El contador público agregó para MILENIO:
“De acuerdo con el artículo 79 del Código Fiscal Federal, Fracción I, es una infracción no realizar la inscripción al RFC o realizarla fuera de tiempo. El artículo 80 del mismo código indica que la multa va de los 4 mil 480 a los 13 mil 430 pesos”.
Recomendaciones de un experto para personas morales
A fin de evitar problemas con el SAT, Jiménez Camacho sugirió contratar un contador o un despacho con experiencia en el tipo de sociedad de que se trate; no olvides que “existe una gran cantidad de despachos que ofrecen servicios de forma confiable que no son tan costosos”.
El especialista finalizó con otras recomendaciones:
“Que se reúnan periódicamente los socios o accionistas con su contador, ya sea interno o externo, y que les informe de su cumplimiento fiscal mes a mes para asegurarse de que (realiza su trabajo). Que se informen sobre sus obligaciones fiscales locales: cada estado tiene impuestos locales adicionales a los federales”.
EDD