Así como las personas morales, los empleadores que son personas físicas también tienen que entregar la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), la fecha límite es hoy 29 de junio.
Las personas físicas que deben pagar PTU son aquellas que están inscritas en el régimen de actividades empresariales o servicios profesionales, y en el régimen simplificado de confianza, pero únicamente si tienen personal subordinado.
¿Qué es el reparto de utilidades?El reparto de utilidades es un derecho establecido en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, regulada por la Ley Federal del Trabajo, la cual indica que todos los trabajadores de planta o eventuales, tienen derecho al reparto de utilidades, incluidos aquellos que laboraron el año anterior al servicio de uno o más empleadores.
El incumplimiento del pago del PTU puede equivaler a una sanción que va de los 24 mil 055 a los 481 mil 100 pesos.
Están exceptuados del reparto de utilidades las personas que ocupan los puestos de: dirección, administración, gerencias generales, socios, accionistas, trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda y trabajadores del hogar.
MRA