¿Quién estará encargado del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

El nuevo Fondo promete que durante los primeros 10 años de vida otorgue el 100 por ciento de su último sueldo a los pensionados que reciben menos de 16 mil 767.68 pesos.

El Fondo de Pensiones para el Bienestar tendrá un costo por 130 mil millones de pesos/ Antonio Texta
Cristina Ochoa
Ciudad de México /

Este miércoles 1 de mayo entró en vigor la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, tras la publicación de su decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y la firma del presidente Andrés Manuel López Obrador.

El decreto, que tendrá un costo por 130 mil millones de pesos durante su primera década, tiene la intención de que aquellas personas pensionadas que reciben menos de 16 mil 767.68 pesos, para que puedan tener 100 por ciento del último sueldo que percibían.

La propuesta que fue presentada en un paquete de 20 reformas constitucionales  el 5 de febrero, indica que el fondo de pensiones arrancará con un “fondo semilla” de 64 mil 619 millones de pesos.

Gabriel Yorio, subsecretario de Hacienda y Crédito Público, compartió que el presidente Andrés Manuel López Obrador solicitó a la dependencia que durante mayo esté lista la mitad del capital que estiman destinar.

Para ello, el funcionario explicó que se utilizarán algunos ahorros presupuestales, así como la venta de activos del gobierno y el uso de liquidez por las cuentas inactivas en las Administradoras del Fondo para el Retiro (Afores) durante más de 10 años.

Yorio aseguró que aunque las cuentas inactivas tienen saldos de entre 200 y 300 pesos y no fueron reclamadas en más de una década, tanto los trabajadores como los beneficiarios de estos podrán reclamar el monto en cualquier momento y que estiman que su uso será de manera temporal.

Con ello, se espera que las pensiones que se encuentran por debajo del salario mensual promedio registrado en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) puedan tener un monto complementario.

El Fondo de Pensiones para el Bienestar tendrá un comité técnico para la administración de los recursos y sus inversiones/ Freepik
“El complemento a que se refiere es intransferible y será exigible por los trabajadores que obtengan su dictamen o concesión de pensión, según corresponda, a partir de que transcurran 60 días de la constitución del Fondo de Pensiones para el Bienestar. Dicho complemento estará sujeto a la suficiencia del Fondo, así como a las reglas que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público”, explica el DOF.

¿De dónde saldrá el dinero para el Fondo de Pensiones para el Bienestar?

El plan del gobierno federal está establecido en dos etapas, en las que arrancará el financiamiento del fideicomiso y se integrará de manera inicial por:

  • Los recursos que obtenga el Instituto para devolver al pueblo lo robado (75 por ciento).
  • Parte de los ingresos por la liquidación de Financiera Nacional de Desarrollo.
  • Ingresos por la venta de bienes sin constituir, propiedad del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur).
  • Dinero proveniente de los adeudos de dependencias y entidades que tengan ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ISSSTE y el IMSS.
  • Recursos provenientes de la aplicación de los artículos 302 de la Ley de Seguro Social y el 37 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Además, habrá aportaciones complementarias, mismas que estarán integradas por los recursos remanentes de los fideicomisos que se eliminaron del Poder Judicial de la Federación; montos derivados de la eliminación de organismos autónomos, reguladores e instituciones descentralizadas; 25 por ciento del remanente de las utilidades de instituciones paraestatales sectorizadas en la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y la Secretaría de Marina (Semar); dinero obtenido por enajenaciones de inmuebles del ISSSTE; inversiones que haga el fondo; donaciones y aportaciones.

La Secretaría de Hacienda señala que la mayoría de las cuentas inactivas tienen recursos entre 200 y 300 pesos/ Freepik

¿Qué pasará con el dinero de mí Afore si se va al Fondo de Pensiones para el Bienestar?

El Fondo de Pensiones tendrá la facultad para recibir, administrar, invertir y entregar los recursos disponibles en el mismo.

Así, según las disposiciones oficiales, deberá crearse un comité técnico que estará encargado de fijar las reglas para la administración y operación de las inversiones del fondo. Por ello, si una cuenta inactiva entra dentro de este monto, podrán generarse rendimientos del mismo.

“El ahorro de los trabajadores que sea transferido al Fondo generará intereses conforme al rendimiento neto derivado de las inversiones efectivamente realizadas por dicho Fondo en apego al régimen de inversión que determine el Comité Técnico. El Instituto realizará la individualización correspondiente con base en el rendimiento que el propio Fondo le reporte”.

Es importante conocer que tanto el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y la Comisión Nacional de Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) deberán avisar a los colaboradores un año antes de que cumplan los 70 años o bien, a sus beneficiarios, acerca de la disponibilidad de los recursos, antes de que puedan pasar a formar parte del fondo; aunque el dinero podrá ser reclamado por dichas partes en cualquier momento, específica.

Gabriel Yorio detalló que se analizará la forma en la que los pensionados o sus beneficiarios serán compensados en caso de que su cuenta se haya utilizado como parte del monto.

Los titulares o beneficiarios de las cuentas inactivas podrán solicitar el monto de estas en cualquier momento/ Freepik

¿Quién estará encargado del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

Según el documento publicado en el DOF, será la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) la encargada de crear el fideicomiso público; por su parte, el Banco de México (Banxico) operará como fiduciario.

“Únicamente le serán aplicables las disposiciones que regulan a dicho instituto central en su carácter de órgano autónomo, así como en la realización de la encomienda fiduciaria, y en términos de lo que establezca el Decreto que el Ejecutivo Federal emita dentro de los 60 días posteriores a la entrada en vigor”.


CMOG

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