Frena Concamin la nueva norma de etiquetado frontal

Suspensión provisional. La resolución fue impugnada para su revisión ante las autoridades superiores, indica gobierno.

Mala alimentación.
Yeshua Ordaz
Ciudad de México /

El juzgado séptimo de distrito en materia administrativa otorgó el pasado jueves la suspensión provisional del proceso de creación de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 051 de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados a la Confederación Nacional de Cámaras Industriales (Concamin), organismo miembro del Consejo Coordinador Empresarial (CCE).

Como consecuencia, por el momento se paraliza el proceso de publicación de esta norma, afirmaron en un comunicado conjunto ambos organismos, que consideran que “la norma aprobada no permitiría a los consumidores tener la información adecuada para tomar las mejores decisiones para su alimentación”.

En respuesta, las secretarías de Economía y Salud, además de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), señalaron que respetarán las resoluciones del Poder Judicial de la Federación “en el entendido que la suspensión es provisional e incluso ya fue impugnada para su revisión ante las autoridades jurisdiccionales superiores”.

En un comunicado indicaron que esta suspensión “en nada prejuzga sobre la legalidad del proceso de normalización”. 

Mientras que para los organismos privados hay dudas en cuanto a la transparencia y legalidad del proceso de discusión y aprobación de la NOM-051, las dependencias federales indicaron que a través del proceso de normalización se involucró a todos los sectores interesados, incluido el sector empresarial.

De acuerdo con el CCE y la Concamin, “para la emisión de los nuevos lineamientos para el etiquetado no se tomó en cuenta la evidencia científica, los estudios y los compromisos internacionales. De ahí que el sector empresarial se vio obligado a recurrir a las instancias legales para hacer valer el derecho a un proceso incluyente, transparente y con rigor jurídico”.

El CCE recalcó que las políticas públicas necesitan desarrollarse en estricto apego a la transparencia e inclusión y que la información de cualquier producto que se comercialice debe tener pleno sustento técnico, jurídico y científico.

Para el sector privado, esta suspensión es una oportunidad para continuar un diálogo abierto, propositivo e incluyente con las autoridades, los expertos y la sociedad en general, para crear el mejor etiquetado que garantice la veracidad de la información nutrimental para una alimentación correcta.

La nueva NOM-051 busca que los alimentos y bebidas no alcohólicas industrializadas presenten información nutrimental de manera clara en el empaque de sus productos. México quiere con esta norma retomar el caso chileno, donde hace tres años se implementó una medida de etiquetado a través de sellos en forma de octágonos donde se indica de forma clara y sencilla si un producto contiene exceso de azúcares, grasas trans, grasas saturadas, sodio y alto contenido energético.  

Antecedente

Hay 33 sistemas nacionales de etiquetado frontal nutrimental a escala global. Solo cuatro son obligatorios: Chile, Ecuador, Perú y México. 

Inconformidad

Según el sector privado mexicano, para la emisión de los nuevos lineamientos del etiquetado no se consideró la evidencia científica, estudios y compromisos internacionales.

Derecho

Por lo anterior, dice la IP, se vio obligada a recurrir a las instancias legales para hacer valer el derecho y tener un proceso incluyente, transparente y con rigor jurídico.

Estudio

El Poder del Consumidor indicó que en un estudio a tres años de la implementación de este etiquetado en Chile, no se encontró que el empleo y salarios en la industria alimentaria sufrieran un impacto negativo.


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