La calificadora HR Ratings estimó que los fideicomisos susceptibles de extinción, como consecuencia del decreto del Ejecutivo del pasado 2 de abril, tienen un monto de recursos por 283.5 mil millones de pesos, lo que representaría 38.3 por ciento del total.
¿Qué es un fideicomiso?
Un fideicomiso público es una entidad que el gobierno federal, o alguno de los organismos de la administración pública, crea con la intención de llevar a cabo un fin lícito o determinado, para obtener desarrollo económico y social a través del manejo de recursos que son propiedad del gobierno federal y administrados por una institución fiduciaria.
Expone que los fideicomisos que no se podrían extinguir debido a que contienen disposiciones legales o bien su mecanismo es objeto para atender disposiciones de salud, obligaciones laborales o pensiones y estabilización presupuestaria, disponen de 457 mil millones de pesos, es decir, el restante 61.7 por ciento del total.
“Estos recursos cuentan con un destino en específico y, por ende, no son sujeto a la obligación de transferir sus recursos de acuerdo con el decreto del 2 de abril. Entre ellos se incluye el FEIP”.
En un reporte denominado Los fideicomisos y el Saldo Histórico, la agencia destacó el posible uso de los fideicomisos del sector público federal para financiar los déficits presupuestarios y así limitar el incremento en la deuda bruta.
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“Un elemento importante en la evolución de las finanzas del sector público durante 2020, y probablemente en años futuros, será la utilización de sus activos para financiar los déficits en el balance presupuestario”.
Explicó que el propósito de utilizar los activos es reducir el endeudamiento bruto, aunque el efecto sobre la deuda neta podría ser de un incremento, según la métrica que se utilice.
Para proceder con la implementación de esta política, se emitió un decreto presidencial el 2 de abril, que estableció que los recursos públicos no comprometidos de las entidades y dependencias que coordinen la operación de fideicomisos públicos sin estructura orgánica, con excepción de los que determine la Secretaría de Hacienda, deberán de extinguirse y reintegrar sus recursos a la Tesorería de la Federación a más tardar el día 15 de abril de 2020.
Precisa que al cierre de 2019, el número de actos jurídicos sin estructura, en su gran mayoría comprendidos por fideicomisos, ascendía a 338 casos, mientras que la suma de disponibilidades ascendía a 740.5 mil millones de pesos.
Sin embargo, de este monto solo se podrían utilizar 283.5 mil millones de pesos, provenientes de los fideicomisos que sí son susceptibles de extinguir.
lvm