Expropian terreno para conectar el Tren Interoceánico con la refinería de Dos Bocas

Conectará la estación Chontalpa con la Refinería Olmeca, en Dos Bocas, y constituye un elemento clave en la estrategia nacional de integración logística.

La expropiación no se suspenderá aunque los propietarios promuevan medios de defensa. | Foto: Especial
Yeshua Ordaz
Ciudad de México /
Únete al canal de Milenio

El Gobierno federal expropió 9 mil 885.80 metros cuadrados de terreno en Huimanguillo, Tabasco, para conectar el Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec con la refinería Olmeca, en Dos Bocas, informó mediante un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La superficie corresponde a un inmueble de propiedad privada y el predio quedará a favor de la Federación por conducto de Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, S.A. de C.V., empresa estatal sectorizada en la Secretaría de Marina, con el objetivo de ejecutar el Proyecto Ramal Línea FA del Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, perteneciente al Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec.

Te recomendamos
Huelga en Puebla pone en riesgo 69% de los autos de Volkswagen en Norteamérica

De acuerdo con el documento oficial, el proyecto "conectará la estación Chontalpa con la Refinería Olmeca, en Dos Bocas, y no solo responde a una necesidad técnica de completar la red ferroviaria del Istmo de Tehuantepec, sino que constituye un elemento clave en la estrategia nacional de integración logística y aprovechamiento de infraestructura energética".

El decreto detalló que la obra permitirá vincular de manera directa la Refinería Olmeca con los principales puertos del Golfo de México y del Pacífico, por lo que ayudará a favorecer el transporte multimodal y la reducción de costos logísticos e incrementar la competitividad comercial del país y el desarrollo económico regional.

Establece, además, que el Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec procederá a la "ocupación inmediata del bien materia de esta expropiación", precisando además que "la interposición de cualquier medio de defensa no suspende la ocupación señalada".

En cuanto a la compensación a los propietarios, el texto especifica que la empresa estatal deberá cubrir el monto de la indemnización con su presupuesto autorizado, y que en términos de ley deba pagarse a quienes acrediten su prioridad, de conformidad con el avalúo que emitió el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

Adicionalmente, la normativa prevé un mecanismo de protección para los afectados en caso de que el terreno no sea utilizado para el fin declarado.

"Si el bien a que se refiere el presente decreto no es destinado a la realización de las acciones que dieron causa a la expropiación, dentro del término de cinco años, la persona o personas afectadas podrán ejercer las acciones correspondientes, dentro del plazo de dos años, contado a partir de la fecha en que sea exigible", define el documento.

PSAJ

LAS MÁS VISTAS

¿Ya tienes cuenta? Inicia sesión aquí.

Crea tu cuenta ¡GRATIS! para seguir leyendo

No te cuesta nada, únete al periodismo con carácter.

Hola, todavía no has validado tu correo electrónico

Para continuar leyendo da click en continuar.

Suscríbete al
periodismo con carácter y continua leyendo sin límite