Luego de que el pasado 15 de octubre fueran aprobados por el Congreso, los cambios legales contra los factureros, hoy se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2020.
La legislación tipifica como delincuencia organizada la compra y la venta de facturas para amparar operaciones fiscales inexistentes.
La Secretaría de Hacienda (SHCP) emitió el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones a las leyes federales contra la delincuencia organizada y de seguridad nacional, del Código Nacional de Procedimientos Penales, del Código Fiscal de la Federación y del Código Penal Federal.
Las modificaciones buscan frenar esta problemática que conduce a evadir hasta 500 mil millones de pesos en impuestos, de acuerdo con las autoridades federales.
El documento destaca que la ley establece una sanción de dos a nueve años de prisión a quien por sí o por interpósita persona expida, enajene, compre o adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.
También serán sancionados con las mismas penas al que a sabiendas permita o publique, a través de cualquier medio, anuncios para la adquisición o enajenación de comprobantes fiscales ilegales.
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Señala que cuando el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones éste será destituido del empleo e inhabilitado de uno a 10 años para desempeñar cargo o comisión públicos.
Ello porque la nueva ley considera como delitos el contrabando, la defraudación fiscal y la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales falsos y, por tanto, ameritarán prisión preventiva oficiosa.
JAR