Fórmula, impuestos y población: así se determina la entrega de recursos a estados

La Mañanera

El gasto federalizado del proyecto de Presupuesto de Egresos 2022 asciende a 2 billones 108 mil mdp, un crecimiento de 4.7% respecto al presupuesto 2021.

Las entidades estarán recibiendo casi 100 mil mdp adicionales el próximo año. (Shutterstock)
Ciudad de México /

El gasto federalizado propuesto en el proyecto de Presupuesto de Egresos 2022 que se entregó a la Cámara de Diputados asciende a 2 billones 108 mil millones de pesos, un crecimiento respecto al presupuesto 2021 de 4.7 por ciento en términos reales, es decir, las entidades estarán recibiendo casi 100 mil mdp adicionales.

La subsecretaria de Egresos de Hacienda, Victoria Rodríguez Ceja, explicó que el gasto federalizado, es decir, los recursos que la federación entrega a las entidades federativas y municipios, se compone de cuatro elementos:

  • Participaciones federales o fondos del Ramo 28,
  • Fondos de aportaciones o fondos del ramo 33,
  • Subsidios
  • Convenios que se firmen con las entidades.
Gasto federalizado.

Se compone por los recursos transferidos a estados y municipios por medio de participaciones, aportaciones federales, subsidios y convenios y está regulado entre otros por Ley de Coordinación Fiscal (LCF) y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que establece fórmulas y procedimientos para distribuir entre las entidades federativas los recursos presupuestarios.

Las participaciones y aportaciones están normadas por la LCF, y en conjunto, concentran 90.5 por ciento de los recursos que se contemplaron en el PEF 2021 para transferir a los gobiernos locales.

En cuanto al resto de gastos federalizados, está en función de los convenios que se firmen entre federación y gobiernos.

Las participaciones federales destacan debido a que representan casi la mitad de los recursos y ascienden para 2022 a 1 billón 19 mil millones, cuentan con crecimiento real de 6.7 por ciento y son de libre disposición.

“Las entidades federativas pueden destinarlo a lo que consideren más importante dentro de su ámbito de competencia”, precisó.

Las aportaciones como segundo rubro en importancia también tienen un crecimiento en términos reales de 2.7 por ciento.

“En su conjunto, las aportaciones y participaciones federales normadas por la Ley de Coordinación Fiscal, donde se establecen las fórmulas y procesos que debe seguir la federación para entregarlas en tiempo y forma, representan más del 90 por ciento de los recursos que la federación entrega a entidades federativas y municipios”.

¿Cómo se calculan las participaciones?

Las participaciones federales o fondos del Ramo 28 están integradas por 10 fondos vinculados mayoritariamente a la recaudación federal participable, que es un conjunto de recursos que percibe la federación tanto de impuestos federales, dentro de los que destacan el Impuesto Sobre la Renta (ISR), el Impuesto al Valor Agregado (IVA), los derechos de minería e ingresos petroleros.

La ley determina que lo que reciben las entidades federativas por concepto de participaciones está en función de ingresos federales, los cuales están creciendo, por tanto, van a recibir más.

Las participaciones para 2021 ascienden a 921 mil millones de pesos, que se compone de dos fondos:

El primer fondo, es el fondo general de participaciones, que representa 75 por ciento de participaciones federales y se calcula como 20 por ciento de esta bolsa de recaudación federal participable estimada en la ley de ingresos.

Dicho fondo se distribuye a los estados con una fórmula establecida en 2007.

“Básicamente lo que dice la forma es que a todos los estados se les va a dar de inicio las participaciones que ya recibían en el año base en 2007, es decir, nadie va a tener menos de eso, es un piso, y de ahí se le va sumando lo adicional”, afirmó.

Su distribución depende de tres factores:

  • 60% está vinculado a la participación del PIB estatal del último año, respecto al año previo.
  • Eficiencia recaudatoria.
  • 1% de recaudación federal participable.

Es de destacar que los dos factores, que valen 30 por ciento y 1 por ciento respectivamente, están relacionados a la eficiencia recaudatoria de la entidad federativa.

La fórmula se compone de:

Este fondo utiliza la tasa media de crecimiento de la recaudación de los últimos 3 años del estado y 10 por ciento está vinculado a la tasa de crecimiento anual de recaudación de impuestos y derechos locales, es decir, de la entidad federativa y sus municipios.

El segundo fondo, es el fondo de fomento municipal (FFM), que va íntegro a municipios y asciende a 33 mil 518 mdp, lo que representa 1 por ciento de la recaudación federal.

La fórmula se compone de:

Monto del año base 2013+ Crecimiento anual del FFM, respecto al año base (2013) (Tasa de crecimiento anual de la recaudación de impuestos y derechos locales, con relación a lo observado a nivel nacional. Ponderado por la población y la Recaudación del impuesto predial de los municipios. Ponderada por su población.)

Fondo de aportaciones. Son las aportaciones del ramo 33, son 8 fondos los primeros cuatro determinados conforme a porcentaje de esta bolsa de la recaudación federal y los otros cuatro se determinan conforme as:

  • Salud y Educación
  • Fortalecimiento de municipios y alcaldías de la Ciudad de México 
  • Atender carencias de población en extrema pobreza
  • Fondo de Aportaciones Múltiples
  • Apoyo educativo

“Hay otros fondos que los agrupamos en un gran total de 213 mil 214 (mdp) y hay distintos fondos vinculados; por ejemplo, a incentivos del IEPS, con distintos porcentajes, dependiendo si se trata de venta de cerveza, tabaco, etcétera. Lo importante es señalar que están establecidos los mecanismos y las fórmulas en la Ley de Coordinación Fiscal y, simplemente la federación atiende a lo mandatado en dicha ley y de esa forma se calcula mensualmente lo que se debe transferir”, destacó.

Algunas de las variables vinculadas para distribuir estos recursos son:

  • Eficiencia recaudatoria de cada estado,
  • PIB estatal y
  • Población

Como las variables que se utilizan para la entrega de recursos se van moviendo a lo largo del tiempo; por ejemplo, la población, el Inegi determina la población trimestralmente por entidad, y de esta forma la federación consulta dicha información y con base en ese factor se hacen los ajustes para la distribución de fondos.

​Recursos a municipios

La LCF, determina que los recursos de participaciones que correspondan a municipios y alcaldías están normativamente etiquetados para ser transferidos a entidades federativas y éstas a su vez lo transfieran a municipios.

Los estados dependen entregar al menos:

20%del Fondo General de Participaciones

100% del Fondo de Fomento Municipal

20% del Fondo de Fiscalización y Recaudación.

20% del IEPS

20% del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN)

El gasto federalizado se llevará acabo una vez autorizado el PEF por la Cámara de Diputas, conforme  a la Ley de Coordinación Fiscal, así como la firma de convenios que se lleven a cabo por el gobierno federal y los estados.

MRA

  • Pedro Domínguez
  • pedro.fajardo@milenio.com
  • Reportero de MILENIO desde 2010. Viajo, leo y siempre quiero fumar menos. Hoy cubro Presidencia, mañana quién sabe.

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