El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) negó a Aeroméxico la posibilidad de usar frecuencias en la banda de los 400 megahercios (MHz) del espectro radioeléctrico para proveer comunicaciones terrestres de control operacional aeronáutico en las terminales 1 y 2 del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, así como en 43 aeropuertos del país.
Con el voto a favor de los seis comisionados que integran el pleno del IFT, el pasado 7 de octubre se resolvió negar el otorgamiento de títulos de concesión para el uso y aprovechamiento de estas bandas de frecuencias a Aerolitoral y Aerovías de México, ambas filiales de la aerolínea.
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La decisión de no otorgarle la concesión para hacer uso de cuatro pares de frecuencias en la banda 410-420 y 425-430 MHz se debió a que en la actualidad este segmento de espectro se encuentra destinado para el servicio móvil de radiocomunicación especializada de flotillas.
Al respecto, el órgano regulador de las telecomunicaciones detalló que la banda de 129.900-132.025 MHz es la que se encuentra destinada a las comunicaciones de control operacional aeronáutico.
La solicitud de Aeroméxico, a través de sus dos filiales, fue presentada al IFT el 19 de junio de 2018, con la finalidad de operar un sistema móvil de radiocomunicación para proveer los servicios de voz y datos en las terminales aeroportuarias.
Sin embargo, esta resolución podrá ser impugnada por Aeroméxico mediante juicio de amparo indirecto ante los juzgados de distrito especializados en materia de competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones, durante los siguientes 15 días hábiles a su emisión.
lvm