Un juzgado federal en materia civil declaró procedente el inicio de la liquidación judicial de CIBanco, luego de concluir que sus activos son insuficientes para cubrir sus pasivos.
De acuerdo con un edicto publicado este 12 de mayo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México resolvió procedente la solicitud promovida por el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) dentro del expediente 329/2026.
Déficit patrimonial de CIBanco
La resolución, emitida el 15 de abril y aclarada el 23 de abril, señala que el análisis financiero de CIBanco al 10 de octubre de 2025 mostró un déficit patrimonial que imposibilita cubrir sus obligaciones.
“Se encuentran las condiciones de declarar la liquidación judicial de CIBanco (...) dada la insuficiencia de sus activos para cubrir sus pasivos”, señala el fallo.
¿Qué medidas siguen tras la liquidación?
Con ello, el juzgado declaró oficialmente el inicio de la liquidación judicial de CIBanco y nombró al IPAB como liquidador judicial.
La sentencia también ordena transferir al IPAB la posesión y administración de los bienes, así como derechos de la institución, suspender embargos y ejecuciones contra sus activos, además de prohibir pagos directos a la institución sin autorización del liquidador.
Además, el juzgado fijó como fecha de retroacción el 29 de septiembre de 2024, equivalente a 270 días naturales antes de la entrada del administrador cautelar, lo que podría tener implicaciones para la revisión de operaciones previas a la liquidación.
El fallo instruye igualmente la publicación de extractos de la sentencia en el DOF y en periódicos de circulación nacional, así como su inscripción en el Registro Público de Comercio.
El proceso deriva de la revocación de la autorización bancaria de CIBanco aprobada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en octubre de 2025, tras lo cual el IPAB asumió la administración del proceso de liquidación.
La publicación del DOF aclara que, además de la liquidación administrativa iniciada el año pasado, ya existe una declaratoria judicial formal emitida por un juzgado federal especializado en materia civil.
KL