Las pensiones del IMSS son una gran ayuda que pueden adquirir los trabajadores y sus familias para tener una tranquilidad con la que pueden vivir económicamente si el trabajador llega a fallecer o a sufrir alguna enfermedad incapacitante.
Debes de saber que éste es un derecho laboral y que debes de cumplir con ciertos requisitos para que puedas ser incorporado a cualquiera de las cinco modalidades que el IMSS tiene en sus programas.
Por otra parte, es necesario que consultes en el portal web a cuál puedes aspirar para tener asegurado tu dinero mensual y así seguir aportando dinero a tu casa.
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¿Cuáles son las modalidades del IMSS?
Recuerda que para que puedas ingresar a cualquiera de las siguientes opciones debes de cumplir con los requisitos básicos que solicita el IMSS para que seas parte de los programas.
Una de las primeras opciones es por vejez y cesantía, y cómo menciona su nombre, en esta modalidad es para aquellos trabajadores retirados que cuentan ya con un periodo mínimo de cotización.
Otra de las modalidades es por invalidez y se otorga al trabajador que ha sido imposibilitado para que continúe laborando.
El empleado recibirá un salario superior al 50% del recibido por el último año de trabajo.
Por riesgo de trabajo que como lo menciona su nombre, es para aquellas personas que tuvieron un accidente o enfermedad en su trabajo, por lo que quedan asegurados permanentemente.
Por viudez es una de las modalidades más comunes ya que la pareja del trabajador recibe una pensión mensual.
Solo podrá acceder a ella si el trabajador fallecido estaba dentro de los programas de Riesgos de Trabajo, Invalidez, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez.
Y finalmente por orfandad, es el seguro en el que los hijos del empleado fallecido pueden tener acceso a ello, sin embargo solo se dará la pensión hasta los 16 años y en caso de que sean estudiantes, podrán seguir recibiendo el dinero siempre y cuando comprueben sus estudios.
Por otra parte para adquirir alguna de estas pensiones necesitas lo siguiente:
- Número del seguro social
- CURP.
Recuerda acudir a las oficinas correspondientes para que puedas obtener más información.
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