¿Estás incluido? NO todos los trabajadores reciben utilidades en 2023

Existen algunos términos y condiciones que se deben cumplir para poder ser acreedor de este beneficio; aquí te decimos cuáles son.

Desde 1962 el reparto de utilidades es un derecho constitucional de la población trabajadora. | Especial
Karen Guzmán
Ciudad de México /

El reparto de utilidades es un derecho que tienen los trabajadores mexicanos por parte de las empresas como un incentivo laboral; sin embargo, existen algunos términos y condiciones que se deben cumplir para poder ser acreedor de este beneficio.

Desde 1962 es un derecho constitucional de la población trabajadora y consiste en que toda persona que proporciona un trabajo personal subordinado a una persona física o moral a cambio de un salario tiene derecho a recibir una parte de las ganancias obtenidas por el patrón o la empresa.

El objetivo es aumentar la productividad de los trabajadores, así como el reconocimiento en conjunto de la aportación y compromiso en el trabajo.

¿Cómo sé cuánto me corresponde de utilidades?

La distribución del pago se determina de acuerdo con el número de días laborados por el empleado en los que se incluye también a las incapacidades, periodos de maternidad, vacaciones, permisos y feriados.

El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o bien el promedio de la participación recibida en los últimos tres años

Esta prestación se debe repartir 60 días después de presentar la declaración anual del Impuesto sobre la Renta (ISR), en ese sentido, las personas físicas con actividad empresarial tienen del 1 de mayo hasta el 29 de junio de 2023 y las personas morales del 1 de abril hasta el 30 de mayo 2023 para cumplir con esta obligación.

En caso de que un patrón no pague a sus trabajadores utilidades, se hará acreedor a una multa que van de los de 250 a 5000 Unidades de Medida y Actualización, según lo señala la LFT.

¿Qué trabajadores no recibirán utilidades?

Pero hay sus excepciones, quienes puede que no reciban utilidades son los siguientes trabajadores:

  • Directores, administradores y gerentes generales;
  • Profesionistas, artesanos, técnicos 
  • Trabajadores domésticos
  • Trabajadores que mediante el pago de honorarios presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.

Además no todos los patrones están obligados a otorgar utilidades. Por una parte, según el artículo 126 de la LFT se encuentran exceptuadas de la obligación de repartir utilidades las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento; las empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los primeros dos años de funcionamiento.

También los negocios de la industria extractiva de nueva creación durante el periodo de exploración, las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios; el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; así como las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

¿Por qué los trabajadores domésticos no reciben utilidades?

De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), los trabajadores domésticos en su mayoría operan en el empleo informal y se encuentran entre los grupos de trabajadores más vulnerables.

"Trabajan para hogares privados, con frecuencia sin condiciones de empleo claras, sin estar registrados, y excluidos del alcance de la legislación laboral", refiere.

Por lo anterior, los trabajadores domésticos no tienen derecho al reparto de utilidades, según establece a ley, debido a que "forman parte de ella (empresa) para efectos de la participación de los trabajos en las utilidades".


AMP / MRA

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