Año con año algunos trabajadores en México deben recibir por derecho el pago por el reparto de utilidades, este 2026 no será la excepción, pero ¿cuándo debera recibirse? En MILENIO te explicamos las fechas clave y para quiénes es obligatorio.
Para comenzar, debes saber que este reparto está avalado en la Ley Federal del Trabajo (LFT), por lo que hay ciertas normas que se deben cumplir, así como sanciones para los empleadores que no realicen la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU).
¿Qué trabajadores tienen derecho a las utilidades?
La LFT incluye a la gran mayoría de los empleados, pero bajo distintas modalidades:
- Trabajadores de planta y permanentes: aquellos que tienen una relación laboral continua participan directamente en el reparto
- Trabajadores eventuales: tienen derecho a recibir utilidades siempre que hayan laborado por lo menos sesenta días durante el año fiscal correspondiente
- Personas trabajadoras en plataformas digitales: este sector tiene derecho a participar cuando el tiempo efectivamente laborado sea superior a 288 horas anuales
- Trabajadores de confianza: participan en el reparto, pero con una limitación salarial; si su sueldo es superior al del trabajador sindicalizado o de planta de más alto salario, se tomará este último aumentado en un veinte por ciento como base máxima para el cálculo
- Casos especiales de servicio activo: la ley considera como trabajadores en servicio activo a las madres trabajadoras durante los períodos pre y postnatales, así como a las víctimas de un riesgo de trabajo durante su periodo de incapacidad temporal
¿Cuándo se pagan las utilidades en 2026?
El reparto de utilidades en México es un derecho para los trabajadores a obtener una parte de las ganancias de la empresa en la que labora, por lo que hay fechas en las que se deben realizar.
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), la fecha límite para que recibas tu pago de utilidades en 2026 depende del tipo de patrón que tengas, pues el calendario es diferente.
- Si tu jefe es una empresa o persona moral, la fecha límite para que recibas este dinero extra es el 30 de mayo
- Si tu jefe es una persona física, el último día es el 29 de junio
¿Cuánto te toca de utilidades?
Así como la fecha de pago varía, el monto total del pago de utliades que te corresponde también cambia, no solo según el tipo de patrón que tengas, sino que otros factores se juntan para hacer de esta cantidad varias, es decir que no hay un monto exacto o único.
“Es importante que sepas que el pago del reparto de utilidades obedece a diversos factores para su cálculo. Además, la Ley determina quiénes tienen derecho a dicho pago”, señala Profedet.
¿Qué trabajadores no tienen derecho a utilidades?
Aunque la participación en las utilidades es un derecho constitucional, la LFT especifica que ciertos patrones no tienen esta obligación:
- Empresas de nueva creación: no están obligadas a repartir utilidades durante su primer año de funcionamiento.
- Empresas con productos nuevos: si la empresa se dedica a la elaboración de un producto calificado como nuevo, la exención se extiende a los dos primeros años de operación.
- Industrias extractivas: aquellas empresas de nueva creación en este sector están exentas durante su periodo de exploración.
- Instituciones de asistencia privada: organizaciones reconocidas por las leyes que realicen actos humanitarios sin fines de lucro y sin designar beneficiarios individuales.
- Sector Público y Descentralizados: el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia no tienen esta obligación.
- Pequeñas empresas: aquellas cuyo capital sea menor al límite que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.
¿Qué pasa si no te pagan las utilidades en 2026?
La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es un derecho, la Profedet señala que si no las recibes puedes acudir con ellos para exigirlas, pues la ley incluye una sanción si no se te dan.
Los patrones que no realicen el reparto de utilidades conforme a la ley pueden ser acreedores a multas que van desde las 250 hasta las 5000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que en 2026 equivale de 29 mil 327.5 hasta 586 mil 550 pesos.
YRH