Se acerca la fecha para que las personas físicas presenten su declaración anual ante el SAT, y aunque no todos están sujetos a esta obligación, aquellos que sí deben hacerlo tiene que cumplir el requisito en tiempo y forma para evitar multas.
En relación con las personas pensionadas o jubiladas del IMSS o ISSSTE, hay ciertos casos en los que es necesario que éstas presenten su declaración anual ante el SAT. Aquí te explicamos los detalles.
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La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) informó que las personas jubiladas o retiradas deben presentar la declaración anual cuando:
- El monto de sus ingresos supere los 400 mil pesos.
- Si la persona tiene dos pensiones o más, sin importar en monto. (Por ejemplo, si alguien tiene una pensión del IMSS y otra por viudez)
- Si el pensionado obtiene ingresos de algún otro régimen, como arrendamiento o actividad empresarial.
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¿Cuál es la multa por NO presentar declaración anual?
No hacer la declaración anual puede ser tomada como ovación fiscal, estipulado en el Código Fiscal de la Federación, en el artículo 109, apartado 'V’.
De acuerdo con dicho artículo, las multas pueden ir desde los 14 mil 239 a 28 mil 490 pesos. Esto es en caso de que tu declaración no sea hecha en tiempo y forma.
“Omita o no presente por más de 12 meses las declaraciones que tengan carácter de definitivas, así como las de un ejercicio fiscal que exijan las leyes fiscales, dejando de pagar la contribución correspondiente”.
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