Así pueden tramitar sus permisos por internet pescadores de Tamaulipas

Pesca comercial

Desde este martes, la Sader a través de la Conapesca recibirá vía e-mail las solicitudes para la captura comercial de especies

Flota camaronera instalada en Tampico, Tamaulipas.
Tampico /

A partir de este martes, más de 6 mil pescadores de Tamaulipas podrán sacar sus permisos para la captura de especies de forma digital, al expedirse por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo y Rural los formatos a través de una firma electrónica para embarcaciones menores y mayores.

El acuerdo publicado en Diario Oficial de la Federación (DOF), detalla que la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) se encargará de proporcionar las solicitudes para su llenado, envío y confirmación vía correo electrónico por parte de la dependencia federal para quienes laboran en esta actividad.

“El uso de la firma electrónica avanzada y del aprovechamiento de la tecnología contribuirá a disminuir los tiempos de respuesta a los solicitantes y alentar buenas prácticas durante la realización del trámite. Los formatos digitales pueden ser otorgados a personas físicas o morales de nacionalidad mexicana y se remitirá en formato de documento portátil PDF al correo electrónico del interesado, respaldado con la firma electrónica del funcionario público a cargo o facultado”, señaló la Secretaría.

Las aclaraciones sobre el contenido del permiso en PDF podrán realizarse en el correo dgopa.dapa@conapesca.gob.mx de la Conapesca. Los asuntos no previstos en el Acuerdo serán facultad de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca. Cabe señalar que de los más de 6 mil embarcaciones, el 90 por ciento son menores.

Pescadores de Tamaulipas.

Previo aviso

El 27 de noviembre de 2018, se publicaron en el DOF los criterios técnicos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y las empresas productivas del Estado para la emisión de documentos electrónicos que deriven de un trámite o servicio digital, en los cuales su Artículo Segundo, fracciones I y IV, dispone que el Código QR es la herramienta de respuesta rápida, conforme al estándar ISO/IEC18004.

Asimismo, la Firma Electrónica Avanzada –que es emitida por autoridad certificadora en términos de la Ley de Firma Electrónica Avanzada y que puede sustituir la firma autógrafa del firmante— garantizará la integridad del documento y producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos con firma autógrafa, y otorga el mismo valor probatorio.

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