Profeco advierte sobre extorsiones de falsos verificadores; van en aumento

Con el fin de evitar estos delitos, la Profeco compartió los detalles que debes tomar en cuenta para identificar a un verificador oficial.

Oficina de Defensa del Consumidor (Odeco). | Especial
Toluca /

La Oficina de Defensa del Consumidor (Odeco) Zona Metropolitana de Toluca informó que ha detectado a varias personas ostentándose o haciéndose pasar como verificadores cuando no lo son.

Pidió a prestadores de bienes y servicios no dejarse sorprender por estas personas y recordó que ningún verificador o empleado de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) solicita pagos en efectivo o especie para evitar sanciones por incumplimiento en la norma.

El personal debe cumplir con otros requisitos

La dependencia recordó que, en cada verificación, su personal debe identificarse con una credencial vigente con nombre y fotografía, contar con una la leyenda que lo acredita como verificador, tener un folio en la credencial, fecha de vigencia, marca de agua y un código QR.

“Este código direcciona al portal de consulta de credenciales Profeco donde se puede consultar la autenticidad de las credenciales de los defensores de la confianza que visite el establecimiento. También podrá realizar una llamada telefónica a los números 72 22 14 76 90 y 72 22 15 70 70. Tener holograma oficial y firmas de la autoridad correspondiente”.

El personal puede actuar de manera individual o colectiva, pero debe presentarse con uniforme institucional y contar con un acta a nombre del comercio revisado.

En caso de detectar a estas personas, los afectados pueden realizar la denuncia correspondiente a los teléfonos de la Odeco 72 22 14 76 90 y 72 22 15 70 70.

Arranca calibración de instrumentos de medición


Por otra parte, la Odeco también invitó a todos los proveedores de bienes y prestadores de servicios a calibrar los instrumentos de medición que sean utilizados en operaciones comerciales.

Los instrumentos con una antigüedad menor a 10 años deben calibrarse una vez al año del 1 de enero al 31 de mayo, mientras los instrumentos mayores a 10 años deben calibrarse dos veces por año del 1 de enero al 31 de mayo, así como del 1 de julio al 30 de septiembre.

Los instrumentos que son sujetos a calibración son las básculas de bajo, mediano, alto alcance y dinámico; los sistemas para medición y despacho de gasolina y otros combustibles; los medidores para gas natural o LP; relojes registradores de tiempo y longímetros.

MAT

  • Alondra Ávila
  • alondra.avila@milenio.com
  • Comunicologa por el CUSXXI y con 16 años de experiencia en medios de comunicación. Desde 2012 colabora en Milenio Estado de México en la sección de Negocios. Ganadora del 9o Premio al Periodismo sobre Innovación Científica y Tecnológica en 2018.

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