La prohibición de la Secretaría de Economía a la venta de algunas marcas de queso y yogurt en el país es cuestionable en cuanto a la fundamentación y motivación de la medida, señaló Ernesto Algaba, socio del despacho de asesoría jurídica Hogan Lovells.
“Se pretenden imponer medidas y sanciones sin que necesariamente se hayan respetado todas las formalidades del procedimiento conforme al marco regulatorio vigente. Es importante tomar en cuenta que en diversos casos sí se cumple con la normatividad, por lo que no resulta procedente la adopción de medidas generalizadas para diversos productos y no por lotes de producto”, expuso en entrevista con MILENIO.
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Fue ayer que la dependencia en trabajo conjunto con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) anunció la inmovilización de algunos productos de marcas como Lala, FUD, Philadelphia, Benegastro, entre otros.
“Las empresas deberán realizar un análisis particular para buscar un acercamiento con la autoridad y exponer las particularidades de cada caso, o bien, analizar la procedencia y conveniencia de interponer los respectivos medios de impugnación. Dependiendo de cada caso, cabría la impugnación, ya sea ante el Poder Judicial de la Federación, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa o ante la propia autoridad administrativa que emitió el acto. Pueden ser litigios largos y costosos tanto para las empresas como para el gobierno, por lo que, es deseable que se llegue a un acuerdo”, indicó el especialista.
Ricardo Sheffield, titular de la Profeco, indicó que la dependencia estará dispuesta a recibir a las empresas en cuestión para aclarar su situación incluso antes de que inicien los procedimientos legales y que la autoridad está abierta al diálogo.
“En caso de que no se solucione esta situación, particularmente en aquellos casos que sí se cumpla con la normatividad, o bajo el supuesto que se consideren la existencia de violaciones es factible que se busque la impugnación de las medidas tomadas ante las instancias legales correspondientes”, dijo Algaba.
Compañías como Lala, Danone y Mondelez señalaron que las modificaciones que requerían sus productos fueron realizadas en tiempo y rechazaron la medida de las autoridades del país.
El especialista destacó que la suspensión puede tardar menos de cinco días y el juicio incluyendo recursos y tomando en cuenta el atraso que tienen los tribunales derivado de la pandemia podría tardar más de un año; eso mismo aplicaría para el Juicio de Nulidad.
Indicó que, si bien las medidas podrían parecer exageradas, es preciso reconocer que la mayoría cumple con los requisitos requeridos y que en muchos casos ya se corrigieron estas acusaciones.
“Es prioridad para las empresas lograr rescatar los productos que se encuentren en cumplimento de la normatividad aplicable y se encuentran inmovilizados y definitivamente lograr que se puedan comercializar no solo los que ya se encuentran en tiendas de autoservicios sino también los que están en inventarios. En caso de que la autoridad imponga multas, estas seguramente serán impugnadas buscando acreditar afectaciones causadas por violaciones”, finalizó.
lvm