La Secretaría de la Función Pública (SFP) dio a conocer el decreto por el que el Fideicomiso denominado Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) y Fonatur Tren Maya, realizarán la entrega del proyecto Tren Maya a la empresa estatal Tren Maya.
De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), lo anterior a fin de que Tren Maya, se encuentre en condiciones de construir, operar, explotar y prestar el servicio público de transporte ferroviario de carga y de pasajeros, y servicios auxiliares -incluyendo los subtramos efectivamente concluidos y los que se encuentren en proceso-; y la totalidad de los bienes muebles, inmuebles, tangibles, intangibles, recursos presupuestarios, materiales, financieros, así como derechos y obligaciones que fueron adquiridos para el desarrollo del proyecto Tren Maya.
Esto mediante los procedimientos jurídicos y administrativos que correspondan, conforme a las disposiciones normativas aplicables, las establecidas en el decreto y los lineamientos que al efecto se expidan.
Fonatur realizará las gestiones respectivas de conformidad con su instrumento de creación y formalizará los actos jurídicos correspondientes, con objeto de dar cumplimiento a lo referido en el presente decreto.
La Secretaría de la Función Pública supervisará que la entrega del Proyecto Tren Maya se realice de conformidad con las disposiciones contenidas en el acuerdo por el que se establecen las bases generales para los procedimientos de rendición de cuentas individuales e institucionales de la Administración Pública Federal, mientras que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el ámbito de sus atribuciones, intervendrá cuando así se requiera en la transferencia de los recursos presupuestarios autorizados al Fonatur y a Fonatur Tren Maya, para el Proyecto Tren Maya, a favor de Tren Maya, S.A. de C.V.
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes verificará y otorgará las validaciones y autorizaciones que señalan la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y su Reglamento, para la ejecución, operación y explotación de la vía general de comunicación ferroviaria denominada Tren Maya, a fin de que la empresa Tren Maya, esté en aptitud de prestar el servicio público de transporte ferroviario de carga y de pasajeros y servicios auxiliares.
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La firma Tren Maya deberá coordinarse con Fonatur, Fonatur Tren Maya, y cualquier otra institución, para garantizar la entrega de los bienes muebles, inmuebles, tangibles, intangibles, recursos materiales y financieros, así como derechos y obligaciones que deriven de los contratos y convenios del proyecto Tren Maya, en el ámbito de sus respectivas facultades, de conformidad con la normativa aplicable.
Los bienes inmuebles expropiados y en procedimientos expropiatorios para el proyecto Tren Maya son parte del dominio público de la federación, en términos de lo establecido en la Ley General de Bienes Nacionales, Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, Ley Agraria y su Reglamento en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, Ley de Expropiación y de los propios decretos que al efecto se publiquen.
Los bienes inmuebles adquiridos para la Vía General de Comunicación denominada Tren Maya son parte del dominio público de la Federación a través de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes en términos de la Ley General de Bienes Nacionales y de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; para los demás bienes inmuebles adquiridos o por adquirir, se deberán llevar a cabo los actos jurídicos que resulten necesarios para su entrega en favor de la empresa Tren Maya.
PNMO