ISR e IVA: ¿Qué estímulos fiscales dará AMLO a damnificados por 'Otis' y quiénes se benefician?

Huracán 'Otis'

Desde deducir inversiones, diferir impuestos y pagos en plazos en algunos gravámenes serán parte de los beneficios en las zonas afectadas en Guerrero. AQUÍ te decimos lo que sabemos.

Se decretó situación de emergencia en Guerrero el pasado 24 de octubre. Foto: (Pixabay / Archivo)
Silvia Rodríguez
Ciudad de México /

Luego de la declaratoria de situación de emergencia para Guerrero el pasado 26 de octubre, debido a los daños y pérdidas económicas por el huracán Otis que azotó a Acapulco, el gobierno federal anunció una lista de beneficios fiscales en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF). AQUÍ te explicamos de qué se tratan y quiénes se verán beneficiados.

EL DATO

¿Qué son los estímulos fiscales?

Son aquellos que se autorizan a través de un grupo colegiado de Dependencias y/o Instituciones, mediante los cuales se permite a los particulares (personas físicas y morales) aportar recursos a un proyecto de inversión y disminuir el monto de su aportación del pago de su impuesto sobre la renta.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) dará estímulos fiscales a los contribuyentes afectados por el huracán Otis, mismos que van desde deducir las inversiones en activos dentro de las zonas afectadas, así como diferir el Impuesto sobre la Renta (ISR), el Impuesto al Valor Agregado (IVA), entre otros.

EL DATO

¿Quién es un contribuyente para el SAT?

Se trata de una persona física o moral obligada al pago de contribuciones, de conformidad con las leyes fiscales vigentes. Son aquellos causantes inscritos ante el Registro Federal de Contribuyentes que realizan actividades por las cuales obtienen un ingreso que los obliga a tributar y que han sido ubicados en su domicilio fiscal.

¿Cuáles son los beneficios fiscales para Guerrero?

Primero, durante el periodo comprendido entre octubre y diciembre de 2023, en el ejercicio en el que adquieran dichos bienes, aplicando la tasa de 100 por ciento sobre el monto original de la inversión, siempre que dichos activos fijos se utilicen exclusiva y permanentemente en las mencionadas zonas y sean destinados para reposición, reconstrucción o rehabilitación.

El estímulo no será aplicable cuando se trate de automóviles, equipo de blindaje de automóviles o cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente ni tratándose de aviones distintos de los dedicados a la aerofumigación agrícola.

“Los contribuyentes que cuenten con seguros contra daños sobre los bienes de activo fijo que hubieran sido declarados como pérdida parcial o total debido al huracán Otis, únicamente podrán aplicar el estímulo fiscal sobre el monto de las cantidades adicionales a las que, en su caso, se recuperen por concepto de pago de las indemnizaciones de seguros y que sean invertidas en bienes de activo fijo”, explicó.

Adicionalmente, también se podrá diferir el ISR cuando los contribuyentes paguen salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado en los términos de la ley, excepto los asimilados, que tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en las zonas afectadas podrán enterar las retenciones del ISR de sus trabajadores, correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023, en tres parcialidades iguales.

Siempre que el servicio personal subordinado por el que se paguen estos ingresos se preste en dichas zonas.

Asimismo, los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en las zonas afectadas podrán enterar en tres parcialidades iguales el pago definitivo del IVA y IEPS a su cargo correspondiente a octubre, noviembre y diciembre de 2023, por las actividades ubicadas en las zonas afectadas.

También se exime de la obligación de efectuar pagos provisionales del ISR correspondientes a octubre, noviembre y diciembre de 2023, así como al tercer cuatrimestre de 2023, según corresponda, por los ingresos que obtengan los contribuyentes personas morales que tributen en los términos de la ley que tengan su domicilio fiscal, agencia, sucursal o cualquier otro establecimiento en las zonas afectadas.

A las personas físicas de las zonas afectadas que tributen en los términos de la ley, se les difiere la obligación de presentar las declaraciones correspondientes al quinto y sexto bimestres del ejercicio fiscal de 2023, mismas que deberán presentarse a más tardar en febrero de 2024.

También se les difiere la obligación de presentar los pagos de ISR de octubre, noviembre y diciembre de 2023, mismos que deberán enterar a más tardar en febrero de 2024.

Los contribuyentes que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas que opten por realizar pagos provisionales semestrales de ISR, durante el segundo semestre de 2023, podrán optar por presentar mensualmente las declaraciones de IVA correspondientes a dicho semestre.

Así quedó el puerto de Acapulco tras el paso del huracán 'Otis' | EFE

¿Quiénes se benefician?

El gobierno federal y la Secretaría de Hacienda estimaron “conveniente apoyar a los contribuyentes de las zonas afectadas”, así como "indispensable el otorgamiento de beneficios fiscales" a:

  • Los contribuyentes beneficiados, como ya se mencionó, serán aquellos que tengan su domicilio fiscal, sucursal, agencia o cualquier otro establecimiento en las zonas afectadas.
  • Así como contribuyentes que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas y que presenten mensualmente las declaraciones del impuesto al valor agregado (IVA).
  • También, los contribuyentes que cuenten con seguros contra daños sobre los bienes de activo fijo que hubieran sido declarados como pérdida parcial o total debido al huracán Otis.
  • Los contribuyentes que efectúen pagos por ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado en los términos del artículo 94.
  • Las personas físicas que tengan su casa habitación en las zonas afectadas, entre otras.

  • Contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (Resico); y a quienes continúan tributando en el Régimen de Incorporación Fiscal.

La "Declaratoria de Emergencia", es decir, la que establece una situación de ese nivel en Guerrero por la presencia de lluvia severa y vientos fuertes, engloba su atención inicial sólo en Acapulco de Juárez.

Con lo anterior, el gobierno federal busca impulsar la restauración de las zonas afectadas por el huracán Otis, así como "la normalización de la actividad económica en el menor tiempo posible", debido a que tras el paso del fenómeno natural se vio afectada la economía, la planta productiva y se puso en riesgo la preservación de las fuentes de empleo.

El huracán Otis se intensificó en menos de 12 horas al pasar de tormenta tropical a huracán categoría 5 y convertirse en uno de los ciclones más fuertes en la historia en el océano Pacífico, por lo que las labores de recuperación y recuento de daños continúan en Acapulco, Guerrero, dejando un saldo de 46 muertos y 58 desaparecidos, de acuerdo con informes de las autoridades.

MRA

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