Situaciones complicadas pueden llevarnos a encontrarnos sin posibilidad de pagar el crédito personal, de nómina o hipotecario que solicitamos hace unos meses. Si te has encontrado en una situación similar seguramente te has cuestionado ¿qué pasaría si ya no pudiera pagarlo, puedo ir a la cárcel por deudas?
Las leyes de México no contemplan el impago como motivo de cárcel. La reparadora de crédito Resuelve tu Deuda explica que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos indica que, “nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil”.
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Las deudas de tipo civil abarcan justamente los créditos personales, de nómina, hipotecarios, tarjetas, etc. y el no pagar no puede ser motivo de prisión debido a que es consecuencia de situaciones extraordinarias que te orillan a ello.
La única manera de que el impago pueda llevarte a la cárcel es si cometiste fraude a la institución financiera; es decir, si se comprueba que desde un principio no tenías la intención de pagar. En dicho caso la falta de pago califica como “delito patrimonial”. Esto ocurriría si existen cheques falsos, cuentas inexistentes o canceladas, entre otros factores.
¿Qué pasa si no pago mi crédito?
No ir preso no significa que puedas librarte de consecuencias por impago. En el peor de los casos, la falta de pago puede ser motivo de embargo de bienes o hasta de tu vivienda.
Asimismo, es un hecho que provocará que tengas un reporte negativo en el Buró de Crédito, y si algún día tienes un imprevisto como un accidente y necesitas dinero a través de un crédito, debido a tu mal historial, seguramente nadie querrá concedértelo.
Lo más recomendable es que nunca dejes de pagar tus créditos, y si te encuentras en una situación que te impide hacerlo puedes acercarte a una reparadora de crédito que te ayudará a negociar un descuento en tu adeudo.
GGA