¿Cuándo es que el SAT regresa de forma automática los saldos a favor?

La devolución automática procederá si las personas físicas presentan su declaración del ejercicio 2020 a más tardar el 31 de julio de 2021.

Portal del Servicio de Administración Tributaria. Foto: (Shutterstock)
Ciudad de México /

Uno de los aspectos importantes de la resolución miscelánea fiscal para 2021 es el relacionado con la devolución automática de saldos a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para personas físicas.

La devolución automática procederá si las personas físicas presentan su declaración del ejercicio 2020 a más tardar el 31 de julio de 2021, si pasa esta fecha, no podrán acogerse a a esta facilidad, a menos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anuncie que amplía este plazo.

Se requiere la e.firma para la declaración de montos mayores a 10 mil 001 pesos y contraseña para montos menores a esta cifra.

Los contribuyentes que presenten un saldo a favor entre 10 mil y 150 mil pesos van a poder presentar su declaración exclusivamente con contraseña siempre y cuando en la cuenta CLABE en la cual quieren que se deposite coincida con alguna que ya tenga precargada el sistema del SAT.

Si se va a actualizar la cuenta CLABE, incluso por seguridad del contribuyente, es necesario que se presente con el uso de la e.firma

¿Quiénes no podrán acogerse a la devolución automática?

  • Contribuyentes con saldos a favor superiores a 150 mil pesos
  • Cuando el saldo a favor corresponde a ejercicios anteriores
  • Que hayan solicitado previamente un formato de devoluciones
  • Quienes presenten su declaración anual posterior a la fecha límite
  • Contribuyentes con solicitudes con CFDI's expedidos por contribuyentes del listado 69 y 69-B, etcétera. 


MRA

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