El Servicio de Administración Tributaria (SAT) busca la recaudación de recursos, por lo que fiscaliza las declaraciones de los contribuyentes y si no realizas este trámite, puede multarte con hasta 20 mil pesos.
Esto sucede con base en la legislación fiscal que aplica la dependencia con el fin de velar por la contribución proporcional que permita el avance del gasto público.
¿Cuál es el trámite que debes cumplir ante el SAT?
Se trata de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) es aquella cuyo objetivo es informar al SAT sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones realizadas con proveedores.
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Ésta se debe de presentar a más tardar el mes inmediato posterior al que corresponda el período o de manera semestral. Por ejemplo la DIOT de febrero se puede presentar del 1 al 31 de marzo.
Con la DIOT, el SAT cruza la información con la que mandan tus proveedores y se asegura de que cumplan con la declaración de todos sus ingresos.
Cuando se trata de de proveedor nacional, se reportan:
- Prestación de servicios
- profesionales
- Arrendamiento de inmuebles
- Otros
- Prestación de servicios
- profesionales
- Otros
¿Quiénes debes realizar este trámite?
Esta declaración la presentan personas físicas y morales que realicen actos o actividades gravados por la Ley del IVA o que tengan registrada la clave de obligación fiscal correspondiente al IVA.
Pese a no haber tenido operaciones con terceros, aun así se debe declarar al tener la clave y se debe seleccionar la opción "La presenta sin operaciones".
¿Qué sanción hay si no se presenta la DIOT?
Según indica el SAT, procede una multa por un monto de $10,370 pesos a $20,740 pesos y en caso de que reincidas la multa aumentará al 100 por ciento por cada nuevo incumplimiento.
DMZ