Soberanía, no es un cheque en blanco para violar T-MEC: Kenneth Smith

Si existe un conflicto de competencia con la reforma de 2013, podría llevarse a revisión y renegociar contratos, como en el caso de los gasoductos.

Sector energético.
Yeshua Ordaz
Ciudad de México /

Aunque el T-MEC deja en claro la soberanía de México para decidir en cuanto a política energética, no es un cheque en banco para poder violar los acuerdos comerciales a través de cambios constitucionales, dijo al respecto de la Iniciativa de Reforma Constitucional en materia energética, el especialista en comercio internacional, Kenneth Smith.

En un panel organizado por el Encuentro Internacional de Energía México (EIEM) 2021, el negociador del TLCAN, comentó que cada país es soberano en la toma de sus decisiones como Estados independientes, pero en todo momento el tratado es un contrato que consiste en una serie de beneficios y obligaciones.

"Por supuesto (el tratado) garantiza la soberanía de los países, siempre con esta regla de oro en el T-MEC, que es respetar las compromisos y las condiciones que se establecieron (...) Cualquier cambio constitucional de leyes secundarias o regulatorias tiene que ser congruente con los compromisos establecidos en el acuerdo", explicó.

Apuntó que el T-MEC establece una serie de reglas en materia comercial transparentes, que garantizan un trato mínimo que se le va a otorgar a los socios comerciales en el sector energético, por lo que hay protecciones específicas a la inversión.

Por su parte la especialista en temas energéticos y legales, Miriam Grunstein refirió que en un arbitraje de inversión, las partes afectadas podrían evocar trato justo y equitativo, porque se le está dando preferencia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

"No creo que un panel de arbitraje de inversión o incluso de arbitraje comercial pudiera darle la razón al gobierno mexicano".

La especialista del sector energético, Rosanety Barrios agregó que en el T-MEC hay una serie de capítulos que tienen que ver con el trato a las empresas del Estado, y en el que se establece claramente que tiene que ser un trato no discriminatorio y dónde se reconoce la relevancia de las empresas del Estado, pero se tiene que ver esto de manera armónica con el grado de apertura del sector que existía en el momento en que se firma el tratado.

"Si bien el T-MEC dice que cada país adopta las formas de regulación que considere más adecuadas, debes contar con regulaciones con criterios transparentes, emitida a través de mecanismos de absoluta transparencia. Como en todos los tratados hay una serie de clausulados relativos a la protección de las inversiones".

Coincidió en qué México puede decidir qué hacer con su constitución, pero en esa modificación si se tiene conflictos con los contratos, habrá que enfrentar consecuencias. En caso de existir algún tipo de conflicto con el régimen de competencia de 2013, se pueden revisar y modificar, para no debilitar a la empresa del Estado.

"En todo caso, es perfectamente válida la revisión de contrato y su renegociación, de hecho este gobierno ya pasó por ese proceso en los contratos de los gasoductos". finalizó.


srgs

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