¡Respira! Condusef autoriza contratos de tarjetas de crédito Nu tras suspensión

La advertencia de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros sobre las legalidades del documento fue retirada.

Tarjeta de crédito Nu. | Especial
Ciudad de México /

Tras recibir una suspensión por modificar su contrato de tarjeta de crédito de la ahora sociedad financiera (sofipo), Nu, sin previa revisión de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), la advertencia del organismo defensor sobre las legalidades del documento fue retirada. 

Actualmente al revisar el portal de Registro de Contratos de Adhesión (RECA) de la Condusef ya se puede leer que la financiera en este nuevo documento pone a disposición de una persona física o moral el servicio de una “Tarjeta Garantizada” a sus 3.2 millones de clientes. 

Además a principios de mayo pasado, Nu informó que dio el segundo paso en su estrategia de crecimiento en México con el lanzamiento de cuentas de débito, con la que un mes después celebró que ya contaba con un millón de clientes en este segmento de negocio y más de mil millones de pesos en depósitos.

La Condusef  informó que con este nuevo cambio, “el acreditado podrá depositar dinero, de forma que aunque disponga de parte del monto, el límite máximo de crédito nunca se agote, esto quiere decir que el acreditado puede disponer permanentemente de una cantidad, la cual nunca se terminará durante la vigencia del contrato, siempre que no exceda el límite”, explicó la Comisión. 

Por su parte, Nu informó a sus clientes mediante un correo electrónico sobre la modificación y actualización del Contrato Múltiple de Productos de Crédito y Servicios de Medios Electrónicos (el contrato de crédito) que mantienen celebrando con la sofipo, destacando que dicho cambio no afectará ninguno de los beneficios que tienen con el servicio, 

Detallaron que simplificaron la redacción respecto de los requisitos que sus clientes deben cumplir para contratar su tarjeta de crédito Nu, así como una mejoría en la redacción de varias cláusulas para hacerlas aun más claras y entendibles para los usuarios

Informó que dichos detalles entrarán en vigor 30 días después de que recibas por parte de Nu la notificación de estos cambios. 

Entre las cláusulas más importantes de este nuevo contrato de adhesión, la Condusef destacó revisar las condiciones bajo las cuales la institución financiera podrá intercambiar sus datos personales, ya sea con terceros o con instituciones relacionadas y el alcance del mismo.

Así como cómo leer la manera para determinar las tasas de interés y el procedimiento para calcular los intereses y analizar cada uno de los supuestos por los que la institución podrá cobrarle comisiones, “ponga atención en que las que se incluyan en su estado de cuenta sean iguales a las del contrato”, señaló. 

¿Qué es un contrato de adhesión?

Un contrato de adhesión es un pacto de obligaciones entre personas físicas, individuos que realizan cualquier actividad económica, y empresas, de acuerdo con Sergio Chagoya, abogado especializado en legislaciones financieras normativas de reguladores en sistema bancario y socio en Santamaria+Steta.

“Nosotros al aceptar como clientes o usuarios de dichos servicios, aceptamos los términos y condiciones que nos impone el proveedor del servicio en el contrato, por eso decimos que nos adherimos, no tenemos la posibilidad de renegociar una cláusula”, explicó Chagoya. 

En el caso de los servicios, también masivos, que son prestados por instituciones financieras, los clientes podemos también tener un margen de seguridad y saber el tipo de condiciones a las que nos estamos obligando, comentó. 

Señaló que ante ese tipo de servicios los usuarios cuentan con la Ley Federal de Protección al Consumidor, la de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), y la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, que es la que aplica principalmente la Condusef, que dispone  de una serie de normas legales específicas que conforman los contratos de adhesión. 

“El objetivo es permitir que el proveedor, en este caso, pueda dar sus servicios financieros, pero sujeto a ciertas reglas y requisitos  mínimos”, indicó Chagoya. 

Estas especificaciones van desde el tipo de letra, que sea al menos del número  ocho, para evitar lo de las letras chiquitas para que sea de fácil consulta y acceso a todos los consumidores de estos productos y servicios, sean financieros o no.

AMP

  • Fernanda Murillo
  • Economista por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), foodie y swiftie. Actualmente reportera del sistema financiero, macroeconomía, organismos financieros y banca multilateral internacional, mercado de valores, agentes y mercados globales.

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