¿Manejas Uber o DiDi? ahora deberás cumplir estas reglas en CdMx

Entre ellas, los choferes deberán tramitar una licencia especial.

Las apps consideran que las nuevas reglas son una barrera. (Especial)
Editorial Milenio
Ciudad de México /

El gobierno de Ciudad de México publicó ayer un decreto que reforma el Reglamento de la Ley de Movilidad, por lo que quienes presten servicios en apps como Uber, DiDi, Cabify y Beat, tendrán que cumplir nuevas reglas. Conoce algunas de ellas.

Los choferes tiene prohibido:

  • Recibir pagos en efectivo
  • Recibir pagos mediante tarjetas prepagadas no bancarias o mediante sistemas de pago en tiendas de conveniencia tipo monedero electrónico
  • Realizar base o sitio para prestación del servicio
  • Utilizar de manera indebida la vía pública

Además, la Secretaría de Movilidad (Semovi) expedirá a estos choferes una licencia especial , la E1. Para obtenerla se deberá contar con licencia tipo A con al menos cinco años de antigüedad.

Los vehículos:

  • Deberán tener un costo de factura de origen de al menos 250 mil pesos.
  • No podrán exceder los diez años de antigüedad y deberán cumplir con las condiciones técnicas que se determine.
  • Deberán realizar una validación anual que se compondrá de, al menos, una revisión documental y una inspección físicomecánica.
  • Estarán sujetos a inspecciones por parte de las secretarías de Medio Ambiente y Seguridad Ciudadana, y del Instituto de Verificación Administrativa.
  • Semovi podrá restringir o prohibir  el servicio de unidades matriculadas en otras entidades federativas que presten el servicio en CdMx.

Quien opera Uber:

  • Las personas morales que operen, administren o utilicen aplicaciones para el llamado Servicio de Transporte de Pasajeros Privado Especializado con Chofer están obligados a registrarse ante la Semovi.
  • Deberán realizar los procesos necesarios para obtener la Constancia de Registro, la Constancia de Registro Vehicular y, en su caso, el Permiso correspondiente.
  • El titular de la Constancia de Registro deberá pagar los derechos correspondientes por cada vehículo que registre para obtener una Constancia de Registro Vehicular.
  • Sólo los autos registrados por el Titular de la Constancia de Registro, que cumplan con todos los requisitos y características, podrán obtener la Constancia de Registro Vehicular.
  • Una vez obtenida la Constancia de Registro Vehicular, el titular de la Constancia de Registro deberá proporcionar a cada vehículo un tarjetón distintivo conforme lo determine la Secretaría.
  • El Titular de la Constancia de Registro deberá especificar a la persona usuaria los factores de composición y variación de la tarifa durante cada trayecto, así como las modificaciones al elegir viajes multidestino o al cambiar el destino inicial.

GGA

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