¿No te pagaron utilidades? Diego García Saucedo, socio director de García Velázquez Abogados, firma especializada en materia laboral, explicó que empresas que incumplan con el pago oportuno de ese derecho laboral serían merecedoras de una multa.
En un comunicado, el jurista explicó que la fracción II del artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) dice que multas pueden ir de 250 a 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Considerando que el valor de la UMA en 2024 fue fijado en 108.57 pesos, la multa decretada por el no pago de utilidades puede ir de los 27 mil 143 pesos a los 542 mil 850 pesos.
¿Qué debo hacer para que se imponga multa?
El especialista explicó que, conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, empresas tuvieron como fecha límite el día último de marzo para presentar la declaración anual y, conforme al artículo 122 de la LFT, el patrón cuenta con un máximo de sesenta días después de esa fecha para realizar el pago a trabajadores.
Aunque exista objeción de trabajadores ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), dicha objeción no interrumpe el término de pago; suponiendo que la declaración se realizó en la fecha límite, el patrón tiene hasta el último día de mayo para pagar las utilidades.
Si no recibiste utilidades, existen dos posibilidades para que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) detecte algún tipo de incumplimiento; las dos opciones son derivadas de la Inspección Federal del Trabajo:
- Implementación de operativos especiales de la STPS.
- Denuncia anónima presentada por un trabajador no conforme con el monto repartido.
García Saucedo recordó que, desde 2021, derivado de la reforma de la subcontratación, se hicieron adecuaciones a reglas sobre reparto de utilidades, por lo que se ha visto un incremento considerable en el uso de la figura de la inspección extraordinaria, motivo de un operativo de “temporada”.
Defiende tus derechos laborales
En caso de no recibir utilidades, el trabajador puede acudir ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para presentar una queja o requerir el pago al patrón vía intervención del Centro de Conciliación Laboral competente.
En caso de que se confirme el incumplimiento, la STPS sancionará a la empresa, y aunque las multas pueden ser combatidas mediante juicio contencioso administrativo en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la recomendación es prevención y anticipación.
Según la LFT, empresas están obligadas a repartir utilidades, siempre y cuando hayan tenido ingresos anuales superiores a los 300 mil pesos, quedando exentas aquellas que tengan menos de un año de operaciones, o dos, si elaboran un producto novedoso.
EDD