El derecho a la vivienda en espacios virtuales o metaversos

Existen debates contemporáneos intensos y acentuadas críticas sobre las visiones que colocan a la vivienda como una mercancía susceptible de transacción o como un servicio dispuesto exclusivamente para un negocio.

Virtual | Estelí Meza
Nexos
Ciudad de México /

Por: Alejandro Díaz Pérez

Ilustración: Estelí Meza, cortesía de Nexos

Existen mundos virtuales de gran popularidad que ofertan terrenos y viviendas en espacios virtuales que han estructurado un mercado inmobiliario de propiedades que registró al menos 65 000 transacciones por un pago total de 350 millones de dólares y con viviendas y terrenos de costo no menor a los 13 000 dólares.. En realidad, las regulaciones -aunque mínimas- están comenzando a desarrollarse desde el punto de vista de la propiedad, pero no desde la vivienda. Esta diferencia no es menor, ya que las normas en el mundo real existen múltiples e importantes distinciones entre cada una. La propiedad al igual que la vivienda, son derechos humanos (con independencia de la distinción entre derechos civiles y derechos sociales); sin embargo, de acuerdo con las normas de derechos humanos, la vivienda puede adoptar diversas formas de tenencia y todas ellas merecen el mismo nivel de protección. Al respecto, la propiedad únicamente es una forma específica de tenencia de la vivienda. Asimismo, el derecho de propiedad puede no ser sólo respecto de una vivienda, sino también respecto de otro tipo de bienes muebles o inmuebles. De esta forma, en el mundo virtual o metaverso inmobiliario, agentes profesionales, empresas y personas interesadas están comprando viviendas que no existen en el mundo real

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