Por: Frida Ibarra
Ilustración: Alma Rosa Pacheco, cortesía de Nexos
Desde hace años, en este sentido, los poderes Ejecutivo y Legislativo en México han impulsado una política de seguridad militarizada trastocando paulatinamente los límites constitucionales que establecen que, en tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar y, a su vez, que la seguridad pública es una función que corresponde a las autoridades civiles.2 Pero más recientemente, la militarización se ha profundizado y expandido a tal grado que las autoridades civiles le están otorgando a las Fuerzas Armadas cada vez más facultades ya no sólo relacionadas con la seguridad pública, sino con la vida pública del país al permitirles involucrarse en los sectores económico, político y social. Por ello, resulta urgente definir los límites y controles civiles sobre las Fuerzas Armadas, las cuales, como cualquier otro actor estatal, deben hacer uso de la fuerza dentro de los límites que la propia Constitución les impone. Labor que le corresponde enteramente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación: delimitar el papel que las Fuerzas Armadas ocupan en una democracia y, acorde a nuestro texto constitucional, subrayar los límites de su actuación.