El asesinato del general Soleimani, una clara violación del Derecho Internacional

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En la mañana del 3 de enero de 2020, un misil alcanzó dos vehículos que transportaban al general Qassem Soleimani, comandante de la Fuerza Quds del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica, y Abu Mehdi Mohandes, jefe adjunto de la Movilización Popular (junto con otros ocho, cuatro iraníes y cuatro Iraquí) de un drone estadounidense MQ-9 y los martirizó.

El caso es que en este ataque, fue asesinado un oficial militar de alto rango del gobierno y el comandante más efectivo en la lucha contra el terrorismo Takfiri en la región por parte del Ejército de los Estados Unidos y por orden directa del Presidente de este país, no en el campo de batalla sino en un viaje oficial, no para una misión militar sino política y para dialogar con funcionarios iraquíes. En este artículo pretendemos examinar este asesinato desde la perspectiva del Derecho Internacional.

Violación del acuerdo SOFA

Las tropas estadounidenses entraron en Irak en 2003 sin la autorización del Consejo de Seguridad de la ONU. Tras el fin de la ocupación oficial de Irak en 2009, los Estados Unidos y el Gobierno de Irak celebraron un acuerdo de seguridad titulado "Acuerdo entre los Estados Unidos y la República de Irak sobre la retirada de las tropas estadounidenses de Irak y la organización de operaciones durante su presencia temporal en Irak" (U.S.–Iraq Status of Forces Agreement). De conformidad con el párrafo 4 del artículo 24 del Acuerdo, Estados Unidos reconocerá el derecho soberano de Irak a solicitar que Estados Unidos se retire de su territorio en cualquier momento. Según el acuerdo, las fuerzas estadounidenses debían abandonar Irak el 31 de diciembre de 2011, pero se han quedado en Irak con el pretexto de luchar contra el grupo terrorista ISIS y, a solicitud de Irak.

En 2014, después de la captura de Mosul por ISIS, por sugerencia de la autoridad religiosa chiíta iraquí, se formó el Grupo de Reunión del Pueblo (Hashad Al Shoabi)/ Movilización Popular, para ayudar a las fuerzas militares iraquíes a expulsar a ISIS de Irak. El 26 de noviembre de 2016, el parlamento iraquí, por mayoría de votos, reconoció la Movilización Popular como una fuerza militar separada del ejército y la definió en términos de la jerarquía, de mando bajo el Comandante en Jefe y el Primer Ministro. Con la aprobación de esta ley, la Movilización Popular se convertió oficialmente en una entidad legal y es parte de la estructura del ejército iraquí, que puede operar bajo los auspicios del Consejo Supremo de Seguridad Nacional Iraquí.

Según el acuerdo SOFA, los estadounidenses deben realizar todas sus operaciones militares en territorio iraquí en coordinación con el gobierno central. El ataque militar estadounidense del 3 de enero de 2020 contra el jefe adjunto de Movilización Popular y el General Soleimani es una clara violación del acuerdo de seguridad entre los dos países, ya que el acuerdo nunca autoriza a los estadounidenses a emprender acciones militares contra la soberanía y seguridad nacional de Irak y sus tropas o acciones militares arbitrarias.

Violación del principio de prohibición del uso de la fuerza

La violación del principio de no uso de la fuerza es una norma de Derecho Internacional bien conocida y un principio inalienable del Derecho Internacional. La Carta de las Naciones Unidas ha identificado tres excepciones a la prohibición absoluta del uso de la fuerza: 1.Acción militar basada en el sistema de seguridad colectiva (artículo 43 de la Carta de la ONU) 2.Defensa legítima (artículo 51) 3. Satisfacción con la amenaza y uso de la fuerza.

El ataque con misiles no tripulados de Estados Unidos el 3 de enero de 2020 contra General Soleimani y Abu Mehdi Mohandes y sus compañeros no entra dentro del alcance de ninguna de las excepciones anteriores. Esta acción explícita, por lo tanto, contradice claramente este importante y fundamental principio de la Carta, la prohibición del uso de la fuerza por los Estados, estrictamente prohibido en el ordenamiento jurídico internacional.

Desacuerdo del gobierno Iraquí

El Artículo 2, párrafo 7, de la Carta de las Naciones Unidas dispone: " Ninguna de las disposiciones de la Carta obliga a los miembros a someter asuntos que están naturalmente dentro de la competencia interna de cualquier país a las disposiciones de la Carta". Aunque el gobierno iraquí había pedido ayuda a Estados Unidos debido a las circunstancias especiales que rodearon el fin de la ocupación militar, esta intervención y uso de la fuerza fue solo para la lucha contra ISIS y nunca para ataques aéreos contra milicias bajo el parlamento iraquí cuales son considerados guerrilleros que según el parlamento iraquí se consideran como fuerzas militares oficiales y de defensa de ese país y han jugado un papel insustituible en la lucha contra ISIS y otros grupos terroristas, lo que no se considera una justificación legítima.

Dejó claro el ex ministro de Relaciones Exteriores iraquí Hoshiyar Zebari en una reunión de la Organización de Cooperación Islámica (OCI) el 12 de agosto de 2004: "Irak ha solicitado formalmente la asistencia de Estados Unidos para llevar a cabo ataques aéreos contra las bases de ISIS". Por lo tanto, desde un punto de vista legal, el bombardeo aéreo en el territorio de Irak se limita a los centros del ISIS y ¡nada más! Además, Adel Abdul-Mahdi, en un comunicado pidió una sesión inmediata del parlamento, calificando la acción de Estados Unidos como una violación del acuerdo del país con Irak. "Condenamos enérgicamente el asesinato por parte del gobierno estadounidense, de Abu Mahdi al-Mohandes, Qassem Soleimani y otras figuras iraquíes e iraníes", dijo el Primer Ministro, Abdul-Mahdi en un comunicado. El asesinato de un comandante militar iraquí en el cargo es una invasión de Irak; "Además, el asesinato de los comandantes del país hermano en territorio iraquí es una clara violación de la soberanía iraquí".

Violación de la soberanía de Irak e Irán

Según el Artículo 1 de la Carta de las Naciones Unidas, uno de los principales objetivos de las Naciones Unidas es mantener la paz y la seguridad internacionales. Para cumplir con este compromiso, los Estados están obligados a emprender acciones colectivas efectivas para prevenir y eliminar las amenazas a la paz y detener cualquier acto de agresión u otros actos de paz. Además, con base en el principio de no uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia y soberanía política, los países se comprometen a evitar el uso de la fuerza e interferir en los asuntos internos de los demás. En consecuencia, el ataque con misiles de Estados Unidos contra el automóvil del general Soleimani y Abu Mohandes al-Mahdi en la mañana del 3 de enero de 2020, no solo es una violación de la soberanía iraquí sino también una violación de la soberanía iraní, porque los comandantes militares en cualquier tercer país deben ser considerados un símbolo de soberanía del país remitente por lo cual deben de estar a salvo de cualquier agresión.

Un claro ejemplo de asesinato selectivo

Los asesinatos selectivos en el mundo actual a menudo implican acciones de francotiradores, envío de cartas envenenadas y ataques de comandos para frustrar las actividades de la oposición. El homicidio intencional en el Derecho Internacional contemporáneo significa el uso deliberado y premeditado de una herramienta coercitiva letal por parte de un actor del Derecho Internacional, incluido el gobierno, contra una persona específica, de modo que la muerte de la persona en cuestión sea el objetivo principal de la operación.

Según el comunicado del Pentágono que el asesinato de General Soleimani fue ordenado por el presidente estadounidense Trump y que el primer ministro israelí conocía las intenciones de Trump al respecto; El funcionamiento y uso de drones y misiles guiados contra el general Soleimani y Abu Mohandes al-Mahdi no dejan lugar a dudas de que este ataque armado es un claro ejemplo de matanza selectiva. La diferencia entre este asesinato selectivo y otros ejemplos es que las fuerzas militares oficiales de un país nunca han utilizado un drone para atacar a un oficial militar de otro país.

Aprobación del relator de la ONU

"Estados Unidos violó la Carta de la ONU al asesinar al General Qassem Soleimani", dijo la Relatora Especial de la ONU, Agnès Callamard, en un discurso ante el Consejo de Derechos Humanos el 09 de julio de 2020. La afirmación de los estadounidenses de que el asesinato de Soleimani fue en defensa propia no prueba que tuviera la intención de atacar o planear un ataque inminente. Estoy convencido de que Los Estados Unidos ha fracasado en que este ataque fue en la defensa propia. Estados Unidos ha violado el principio de Relaciones Internacionales y el Derecho Internacional. "La comunidad internacional se enfrenta a una posibilidad muy peligrosa de que el ataque al General Soleimani sea el comienzo de los ataques contra los funcionarios de otros países".

* Alireza Ghezili

Embajador de la R.I. de Irán en México


  • Alireza Ghezili
  • Embajador de la República Islámica de Irán
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