El Semanario Judicial de la Federación es una publicación que desde hace 150 años difunde y da a conocer a la ciudadanía los criterios del Poder Judicial de la Federación. A lo largo de su historia, el Semanario ha conocido diversas épocas, marcadas por las notas distintivas del sistema jurídico en un período determinado. Tradicionalmente, las épocas del Semanario se han inaugurado como consecuencia de cambios trascendentales al orden jurídico que han obligado a introducir diversas particularidades al sistema de difusión de los criterios jurisdiccionales. El próximo 1 de mayo, por acuerdo del Pleno de la Suprema Corte, dará inicio la Undécima Época del Semanario Judicial de la Federación, para responder a la reforma constitucional en materia de justicia federal de marzo de este año, que rediseña por completo el sistema de creación de jurisprudencia en nuestro país.
Estamos no solo frente a la reforma constitucional más trascendente al Poder Judicial en el último cuarto de siglo, por cuanto hace a su estructura y funcionamiento, sino sencillamente la más importante al sistema de jurisprudencia en toda la historia de la Suprema Corte. La eliminación del sistema de reiteración reconfigura por completo el rol de la Corte en nuestro constitucionalismo, y hace de ella un agente activo de la transformación social. Ninguna otra reforma había supuesto un cambio de paradigma tan profundo como el tránsito del sistema de creación de jurisprudencia por reiteración al sistema de precedentes.
Históricamente, la eficacia de la jurisprudencia se había diluido a través del sistema de reiteración, que innecesariamente difería el impacto de las sentencias del máximo tribunal en el orden jurídico al exigir que un mismo problema jurídico fuera objeto de cinco litigios diversos, con todos los costos que ello implica. Con la reciente reforma constitucional y la aprobación de las leyes secundarias próximas a expedirse, se consolida el papel de la Suprema Corte como un auténtico tribunal constitucional, al dotar de obligatoriedad, para todos los órganos jurisdiccionales del país, a las razones que sustenten los fallos aprobados por mayoría de ocho votos en Pleno y cuatro votos en Salas, con lo que, a partir de ahora, la jurisprudencia de la Corte contará con toda la fuerza normativa que exige su rol como tribunal constitucional.
Estamos frente a la reforma constitucional más trascendente del Poder Judicial
En la Undécima Época todas las sentencias de la Suprema Corte serán relevantes. Cada fallo, aprobado con la votación requerida, producirá un impacto en la totalidad del orden jurídico y llegará inmediatamente a la ciudadanía, transformando la realidad social a través del derecho. Todas las personas, particularmente las más vulnerables de nuestra sociedad, podrán apropiarse de la Constitución y reclamar para sí sus postulados y los derechos que reconoce, sin necesidad de esperar indefinidamente que éstos sean efectivamente exigibles.
Estamos frente a un cambio cultural, social y jurídico sin parangón, que exigirá de las Ministras y Ministros de la Corte una responsabilidad única en la argumentación de sus resoluciones. Cada razón, cada argumento y cada interpretación que contengan los fallos constituirá un eslabón más en la construcción de los derechos y la doctrina constitucional, por lo que deberá sopesarse con plena conciencia de esa trascendencia.
Si la Novena Época fue la de la independencia judicial y la Décima fue la del desarrollo robusto de los derechos humanos, la Undécima será la época de su eficacia viva. Será la época de una Constitución dinámica y transformadora. Será la época de un diálogo permanente sobre los límites, las exigencias y los significados de la Constitución en nuestra colectividad.
Se trata de una auténtica revolución en nuestra cultura jurídica, desde la Suprema Corte hasta los tribunales de primera instancia, a todo lo largo y ancho del territorio nacional, cada sentencia paradigmática tendrá un impacto real, y replicará sus beneficios para todas las personas en una situación similar. Todos los derechos para todas las personas. De esto se trata la siguiente etapa de la justicia constitucional.
Arturo Zaldívar