Entrevista a Lenia Batres

Monterrey /

¿Cómo se siente en la SCJN? ¿Tiene la misma idea de la Corte hoy, como ministra, a cuando no ostentaba ese encargo?

La ministra sonríe, luego responde: –Más o menos. Pues es que, como litigante ya conocía el sistema judicial, siempre he puesto atención en cómo se resuelven las controversias constitucionales y las acciones de inconstitucionalidad; de una manera que ya se ha hecho costumbre.

Sin embargo, del 2000 en adelante ha habido una renovación de criterios de los jueces; una movilización de corrientes del pensamiento jurídico, que han liberalizado mucho las competencias de los jueces.

–¿En qué consisten estos cambios?

–Antes tuvimos en el derecho mexicano visiones muy estrechas, cuadradas, formalistas que generaban injusticias; y en los últimos años pasamos a una liberalización de criterios que se van hacia una corriente del pensamiento jurídico que ha estado de moda en los Poderes Judiciales del mundo, llamado principialismo.

Por medio del principialismo –añade la ministra Batres–, el juez, inspirado en un principio, relativiza el contenido de la norma jurídica, generando con dicho principio el criterio que corresponde a su interpretación.

–¿Y cuáles podrían ser las consecuencias del abuso o mal uso del principialismo?

El problema es que a veces los jueces extraen principios que niegan lo que textualmente dicen las normas; en estos casos, con el pretexto de que el juez actúa en su función a través de una interpretación o argumentación principialista, éstos se toman facultades que ni la ley ni la Constitución les otorgan.

–¿Podría dar un ejemplo de facultades que constitucionalmente no les corresponden a los jueces porque constitucionalmente no les corresponde?

Sí, claro, por ejemplo, en las últimas semanas hemos visto a jueces de Distrito otorgando suspensiones contra reformas constitucionales, so pretexto de que están interpretando para proteger la autonomía e independencia del Poder Judicial. Lo mismo pasó en el caso de la supuesta sobrerrepresentación, en donde se intentó hacer valer una interpretación sesgada del Artículo 54, contra el mandato expreso de la Constitución.

(Continuará).


  • Efrén Vázquez Esquivel
  • efren23@hotmail.com
  • El autor es director científico de la Academia Mexicana de Metodología Jurídica y Enseñanza del Derecho, AC.
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