¿Mediación obligatoria?

  • Laberinto de la legalidad
  • Guillermo Raúl Zepeda Lecuona

Ciudad de México /
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Recientemente ha resurgido en nuestro país la iniciativa de hacer que el proceso de mediación sea un requisito de procedibilidad para el proceso judicial, es decir, que antes de acudir a un juzgado, sea obligatorio haber intentado la mediación. Este modelo ha sido aprobado en Argentina, en Perú y, a partir de 2025 en España. Entre Los objetivos que buscan la obligatoriedad de la mediación están la difusión de los métodos alternos en la sociedad, el promover que los abogados conozcan y se involucren en la capacitación para la mediación, entre otras.

En Jalisco se multaba a quienes no asistían. Fue un esquema contraproducente y se perdía un principio fundamental de los métodos alternos de solución de conflictos (MASC): la voluntariedad. Cuando las partes voluntariamente acuden a mediar suelen obtener buenos resultados y llegar a convenios, que se respetan y son cumplidos.

Otro inconveniente de la obligatoriedad de la mediación, es que dedica la mayor parte de los recursos humanos y materiales a los conflictos que actualmente ya atienden los juzgados, dejando de atender a los conflictos incipientes, antes de que lleguen a un juzgado, que es donde los MASC son más efectivos. Si una de las partes ya decidió presentar una demanda suele ser porque ya agotó muchas gestiones particulares de arreglo y de apremio. Es decir el conflicto ya subió de intensidad (escaló). Cuando una persona quiere demandar no busca a un mediador; busca a un abogado postulante.

En el instituto de Justicia Alternativa (IJA), las tasas de convenio son muy bajas en asuntos ya judicializados. En total de 3,797 casos enviados por los jueces al IJA en 2025 en el área metropolitana de Guadalajara, solo 425 convenios. En tanto que en los casos extrajudiciales cuando van ambas partes el 88% llegan a un convenio en materia civil y un 78% en materia familiar (2025): 37,800 convenios.

El buscar los conflictos fuera de los juzgados ha permitido avances fundamentales: 

1. Reducir los casos que ingresan a los juzgados (11% menos: 15,000 casos en 2025). 

2. Terminar con el “cover” en el acceso a la justicia: hace diez años menos del 6% de los expedientes de los juzgados implicaban montos inferiores a 20 mil pesos; hoy en día se atienden casos desde 450 pesos. 

3. Se ha reducido las “cifra negra de los conflictos”: conflictos que no llegaban a los juzgados y maceraban resentimientos hasta llegar a confrontaciones violentas y delitos. 

4. Con un mejor uso de recursos logramos llegar a 75 municipios donde vive 91% de los jaliscienses. 

5. Se ha arraigado los MASC en la sociedad y entre los abogados: hace siete años solo el 11% de los usuarios del IJA iban con abogado; hoy es el 26%. 6. Si el convenio es eficaz, porque se hace cumplir judicialmente, su utilización se extiende.

Cada convenio intrajudicial le cuesta al IJA 12 mil pesos; un convenio extrajudicial 2,200 pesos. Un convenio hecho en la mediación privada le cuesta al erario del Poder Judicial 955 pesos (del procedimiento de validación). Hacer que la mediación prejudicial sea obligatoria, demandaría triplicar el presupuesto del IJA y reduciría el número de convenios del sistema en al menos 50%.


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