¿Mediación obligatoria II?

  • Laberinto de la legalidad
  • Guillermo Raúl Zepeda Lecuona

Guadalajara /
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Hacer de los Mecanismos Alternativos de solución de Controversias (MASC) requisito de procedibilidad, busca que los litigantes (forzadamente) conozcan y se acerquen a los MASC y descongestionar los juzgados. En Jalisco lo hemos logrado y somos uno de los sistemas de justicia que más convenios percápita tiene en el mundo sin necesidad de hacerlo obligatorio.

Los MASC son más efectivos en etapas tempranas de la dinámica conflictiva, en la prevención, el diálogo, apelar a referentes comunitarios o de la organización, la mediación en términos comunitarios o cívicos o bien planteamientos extrajudiciales. Cuando un conflicto llega a una demanda o denuncia, la mediación tiene menos eficacia, pues el conflicto ya están en manos de los abogados, y prevalecerán sus incentivos a litigar, en ocasiones de manera “vacía” o “estratégica” (Soleto 2025), además de que los abogados suelen llevar a sus clientes al optimismo judicial: “este caso está ganado” (Pastor 1992). La tasa de éxito de las mediaciones intrajudicial es muy baja. En Jalisco solo 3% de los convenios logrados por el IJA se da dentro de proceso (1,215 en 2025).

En los países que han intentado esta vía parece que no han obtenido los resultados previstos: Argentina presenta 132,159 convenios (287.3 por cada 100 mil habitantes. Ministerio de Justicia), y los mediadores de ese país, ¿Cómo se ha logrado que en Jalisco los abogados se interesen y se capaciten en mediación? Se ha hecho con eficacia de los convenios frente a la ejecución judicial, y que los jueces han avalado los convenios preventivos (45% de los convenios del estado). En Perú donde se reconoce por propios y extraños que la mediación como requisito de procedibilidad ha degenerado en un mero formalismo, apenas presenta 44.6 convenios por cada 100 mil habs. España apenas comienza la experiencia de la obligatoriedad mitigada con muchos desafíos, pero la última cifra disponible refería alrededor de 20 mil convenios al año (40 por cada 100 mil habs.). En Italia uno de los países que tiene mayor desarrollo en esta materia, la Dra. Soleto (2025) refiere que se verifican 200 mil convenios al año (339 por cada 100 mil habs.). En México se tienen con nuestro esquema actual (dentro de los poderes judiciales) 91.8 convenios por cada 100 mil habs. (123,072, INEGI 2025); en tanto que en Jalisco se registran 481 convenios por cada 100 mil habs. (40,903 en 2025). Los resultados podrían ser mejores si se contara con más recursos, ya que actualmente los poderes judiciales de México solo brindan en promedio 1.45% de su presupuesto a los Centros MASC.

Quienes proponen la los MASC como requisito de procedibilidad en México dicen “tenemos que aspirar a atender esos 2.2 millones de asuntos que ingresan a los juzgados anualmente”; quienes trabajamos políticas públicas de pacificación y justicia basadas en evidencia, argumentamos: vayamos por los 5.5 millones de conflictos (la cifra negra) que no encuentran acceso a la justicia, ni a medios profesionales de llegar a acuerdos, atendiendo los conflictos a profundidad. Aquí es donde los MASC tienen mayor eficacia y eficiencia. Entre estos conflictos de la cifra negra están muchos de los dos millones que el próximo año estallarán a las puertas de los juzgados.


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