El pasado día 28, la presidentE Sheinbaum, presentó, utilizando como “cámara de origen” el senado, una desafortunada iniciativa de reforma a la Ley de Inversión Extranjera” que viene a complicar, aun más, la llegada de capital extranjero a nuestro país destinada a regular, por razones de “Seguridad Nacional” la inversión en algunos de los llamados Sectores Sensibles, destacando Energía, transporte, sector salud, comunicaciones, minería, procesamiento y almacenamiento de datos, sistemas digitales, sector aeroespacial, defensa e instalaciones sensibles, IA, robótica, semiconductores, ciberseguridad, tecnologías aeroespaciales y de defensa, almacenamiento de energía, tecnología cuántica, nuclear, nanotecnología y biotecnología, materias primas y seguridad alimentaria, Acceso a información sensible, en particular a datos personales, o la capacidad de controlarla, además podrá incorporar a este listado otras actividades mediante una resolución general,
Dicha iniciativa incorpora un nuevo mecanismo que establece que la inversión extranjera que pretenda participar directa o indirectamente con más de 49 por ciento del capital social de una sociedad mexicana requerirá autorización previa de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, (comisión) siempre que la empresa supere el umbral de activos que determine la propia Comisión y opere en ese tipo de actividades.
Para controlar eso, se incorporarían a la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, las secretarías de la Defensa Nacional, Marina y Seguridad y Protección Ciudadana, y cuando se analicen asuntos de seguridad nacional participarán como invitados permanentes, con voz, pero sin voto, los titulares de la fiscalía general de la República, el Centro Nacional de Inteligencia, el Servicio de Administración Tributaria y la Unidad de Inteligencia Financiera UIF. Se incorpora un Título Sexto Bis a la ley para dotar a la autoridad de parámetros claros de evaluación, permitiéndole autorizar, condicionar o impedir operaciones por motivos de seguridad Nacional.
Se incluyen sanciones específicas por incumplimientos a lo regulado por esta iniciativa que implementa esta revisión por razones de seguridad nacional, adicionales a la sanción general ya existente por realizar actos que requieren autorización de la Comisión sin obtenerla previamente. Si la sociedad mexicana transmite, cede, entrega o de cualquier otra forma transfiere la participación al inversionista extranjero después de que la Comisión hubiere negado la autorización o antes de obtener la resolución favorable requerida, podrá imponerse una multa de 5,000 a 200,000 UMAs diarias. (Entre $586,550 pesos y $23.5 millones de pesos). En caso de incumplimiento de las medidas impuestas por la Comisión para mitigar riesgos estaría sujeto a una multa independiente de ese mismo rango. Adicionalmente, la sanción general ya existente por realizar un acto que requiera autorización de la Comisión sin haberla obtenido previamente sería de 1,000 a 5,000 UMA diarias. (Entre $117,310 y $586,550 pesos).
El gran problema es que, los gobernantes de MorenaCo. utilizan el concepto de “Seguridad Nacional” a su antojo, y bajo ese concepto no podemos obtener información de la Refinería Dos Bocas, del Tren Maya, del Interoceánico, del AiFA, Mexicana de Aviación y otras actividades más realizadas por el gobierno federal, ¿entonces no valdrá la pena, que nos aclaren primero el alcance de dicho concepto?
En días pasados se nos engaño presentando una cifra de 34,968 millones de dólares de inversión extranjera directa IED durante el primer semestre de 2026, lo que no nos dicen, es que esa cifra corresponde, casi en su totalidad, a reinversión de la ya existente en nuestro país, y la IED real que está llegando es mínima, por lo que no debemos poner trabas a la IED como se pretende, o acaso ¿estaremos legislando para que no lleguen los Chinos a nuestro país y tener contento a Trump y es una nueva condición para renovar el TMEC?