El mal menor

Ciudad de México /

La bondad o maldad de los actos humanos, es decir, de los actos llevados a cabo consciente y libremente, depende de tres cosas: 1) el objeto, 2) el fin y 3) las circunstancias. Son estos tres elementos los que dan a un acto propio del ser humano, a un acto ordenado y dominado por la razón y la voluntad, la calificación y graduación como bueno o como malo.

Con objeto del acto se quiere indicar lo que determina qué acto se realiza. Así, por ejemplo, el acto de dar de comer al hambriento es en sí mismo bueno, mientras que robar a una persona es en sí mismo malo. Aquí se encuentra el primer elemento que nos indica el bien o el mal que hacemos, pero es necesario considerar el fin por el cual se lleva a cabo el acto. En este punto tiene que añadirse que también el fin tiene que ser bueno. Alguien puede llevar a cabo actos buenos para un fin malo, por ejemplo un estafador los hace para ganarse la confianza de sus víctimas y después robarles. Tampoco se puede decir que porque se tiene un fin bueno se pueden llevar a cabo actos cuyo objeto es malo, como usar mentiras e intrigas para obtener beneficios convenientes para subir de nivel de vida. El fin no justifica los medios. Las circunstancias que rodean el acto humano son también importantes, sobre todo si en algún caso cambian la naturaleza u objeto de la acción. En los casos en que no cambien el objeto de la acción, como quiera pueden influir en mayor o menor responsabilidad de lo que hace.

Bajo estas premisas, hay que notar que nunca es lícito escoger el mal como tal, y aquí entramos al tema que a veces se propone para justificar ciertas elecciones: el del mal menor. Lo primero que hay que aclarar es que al hablar de esto no hacemos referencia a males de orden físico, sino a males morales, es decir, a actos cuyo objeto es malo. Tampoco se habla de escoger entre mal físico y mal moral pecado (o pecado), porque el mal moral no es lícito como camino para evitar daños físicos. Ni siquiera se trata de cometer un mal moral de menor entidad en lugar de otro “más grande”.

Cuando se habla del mal menor se hace en relación a otra persona que no está dispuesta a apartarse del mal y es posible convencerla de que, aunque lo haga, lo haga en una medida menor o haga algo menos grave en relación a la persona que sería afectada por el mal. Se trata por lo mismo del “consejo” del mal menor. Se dice que el que aconseja el mal menor obra rectamente cuando no puede disuadir de manera completa al que va a llevar a cabo la acción mala.

Cabe recordar lo que enseñaba san Pablo VI: “En verdad, si es lícito alguna vez tolerar un mal menor a fin de evitar un mal mayor o de promover un bien más grande, no es lícito, ni aun por razones gravísimas, hacer el mal para conseguir el bien”.


  • Pedro Miguel Funes Díaz
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