Abrumadora fue la participación de personas y organizaciones en la consulta pública que realizó del 27 de julio al 21 de agosto pasados la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) sobre la propuesta de “Lineamientos para Garantizar los Derechos de las Audiencias”. 82.2 por ciento de los 8,889 comentarios y propuestas expuestas por los participantes resaltaron un directo rechazo a la censura y amenazas a la libertad de expresión a través de la normativa sujeta a la consulta.
¿Qué sucedió la semana pasada? La cronología de los hechos evidenció que la consulta sólo fue un mero trámite del Poder Ejecutivo federal, pues la CRT que es un organismo dependiente de él, hizo de oídos sordos para una revisión integral de las
participaciones, aunque sea irónico, respetando los derechos de las audiencias con la consulta.
A medianoche del 21 de agosto se cerró la consulta. El 26 de agosto, a las 11:00 horas, la CRT anunció que aprobó los lineamientos y, por la tarde, en el programa “Derecho de Réplica”, explicó los cambios a la propuesta de lineamientos.
A las 21:28 horas de ese 26 de agosto, de acuerdo con un análisis (ver: https://bit.ly/analisis-mcci-crt-audiencias) de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI), la CRT generó el archivo del “Informe de Consideraciones”, a lo que, de acuerdo con la normatividad para la realización de consultas públicas debe elaborar y publicar con anticipación a la aprobación de lo que somete a consulta, así como exponer, analíticamente, qué sí y qué no, con el por qué (dirían abogados, fundando y motivando). Eso es lo mínimo que debe atender un mecanismo de participación democrática ciudadana. Las “consideraciones” de la CRT se limitaron a un “copy-paste” de lo expuesto por las audiencias (ver: https://bit.ly/consideraciones-crt-audiencas).
Para el 27 de agosto se festejaron los nuevos lineamientos desde Palacio Nacional y el viernes por la noche se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (ver: https://bit.ly/lineamientos-audiencias-crt-2026).
El análisis de MCCI permite identificar qué cambios se hicieron a la propuesta de lineamientos y cuáles con base en un análisis sobre las propuestas expuestas por las audiencias con la consulta.
¿Consummatum est? No. Y mal haríamos que así quedara, pues si los derechos de las audiencias, como una vertiente del derecho a la información, son inalienables, imprescriptibles, inembargables; no son una concesión del Estado, mucho menos de un gobierno en turno.
Mal haríamos si dejáramos estos lineamientos “legales” al “quod scripsi, scripsi” (lo escrito, escrito está). ¡Son lineamientos!, que como toda norma están sujetos a una observación, revisión, modificación e incluso impugnación puntual, pues el sujeto del derecho de las audiencias debe mantenerse y erigirse como tal.
Si la propuesta de lineamientos comenzó mal y cerraron menospreciando e ignorando a las audiencias con una falsaria consulta. Habrá que dar pasos a revertirlos.