Justicia hídrica

Monterrey /

Los asentamientos irregulares en las ciudades son uno de los sectores que más padecen el disfrute de los servicios urbanos, entre ellos el del agua potable. La carencia de infraestructura y del servicio de agua los hace parte de los grupos de población más vulnerables.

A pesar de que constitucionalmente el acceso al agua potable es un derecho humano, todavía estos sectores no lo disfrutan. Su situación de irregularidad ha sido el pretexto para que esta población año tras año viva sin la infraestructura hídrica.

Por lo regular el abastecimiento de estos sectores, en dicha situación, se hace a través de la entrega (o venta) de agua en las llamadas pipas. En esta situación, los habitantes de los asentamientos irregulares pagan más por el costo del agua o la cantidad de agua que se les entrega no les alcanza para afrontar sus necesidades básicas.

En condiciones de escasez de agua y de temperaturas agobiantes, la disponibilidad de agua para esta población se recrudece. Además, la captación de agua de las familias depende de la cantidad de recipientes y tamaño de éstos. Hay quienes pueden tener un Rotoplas e incluso un aljibe, suficientemente grandes, mientras que otras familias apenas si tienen algunas cubetas para llenar. En ese contexto el agua de por sí escasa lo es más en estos hogares. En otros casos, en las colonias irregulares se surte el agua mediante recipientes comunitarios ubicados en ciertos lugares de las colonias, cercanos para unos habitantes y lejanos para otros.

Es cierto que en esas situaciones de escasez de agua, las afectaciones no solo son en los asentamientos irregulares, sino en muchos otros sectores de población de las ciudades. Esto se pudo ver en la llamada crisis hídrica en 2022 en Nuevo León, cuando de manera gráfica los medios de comunicación daban cuenta de sectores de población que demandaban, incluso mediante manifestaciones, el acceso al agua. Ahora se puede ver en algunos parques recipientes comunitarios vacíos y sin un uso. Ya pasó la crisis; ahora están las presas llenas. Ya no hay manifestaciones y los recipientes comunitarios ya no importan, ni las llaves públicas, en donde hay, no tienen agua, puro aire sale. Haga la prueba si ve alguna de estas llaves.

Bueno, tener infraestructura, tubos, no necesariamente quiere decir que se tenga agua. Más en las periferias o colonias populares de las ciudades. En ocasiones tienen agua ciertas horas del día o con poca presión en las llaves. Son situaciones de un mal servicio público.

¿Podrá cambiar la situación de los sectores irregulares? La SCJN resolvió que estos sectores, para el caso de Ciudad Juárez, tienen derecho a que se les garantice el acceso mínimo de agua potable para su subsistencia. En tales condiciones, es de esperar que los organismos operadores de agua y las autoridades correspondientes deban crear las condiciones para el acceso de agua mínima vital para esta población, lo que implica contar con infraestructura para que se cumpla lo anterior. Si la infraestructura significara contar con almacenamientos comunitarios para el acceso al agua, habría que ver su pertinencia, pues su ubicación puede significar grandes distancias para algunos de los habitantes para acarrear el agua. Y si estos recipientes siempre tendrán agua, pues hay experiencias en que, aun contando con tanques comunitarios, éstos en muchas ocasiones no tienen agua, dejando en situaciones de vulnerabilidad a sectores de la población.

Esperemos que la resolución de la SCJN contribuya para que la población de sectores irregulares tenga una justicia hídrica. 

Jesús Frausto Ortega*

*Coordinador de la Maestría en Gestión Integral del Agua y de la Especialidad en Gestión del Agua.

*Las opiniones expresadas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de quien escribe. No representa un posicionamiento de El Colegio de la Frontera Norte
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