Esta semana, la Cámara de Diputados debate una iniciativa que podría transformar el acceso y la gestión del agua en México. Se trata de la iniciativa para una nueva Ley General de Aguas (LGA) y de la reforma a la Ley de Aguas Nacionales (LAN), propuestas que han generado controversia por sus implicaciones en el control y la distribución del recurso.
Las críticas se dividen en dos frentes. Por un lado, la reforma a la LAN concentra el control de las concesiones en la Federación y elimina la posibilidad de transferir derechos entre usuarios, lo que afecta a los concesionarios que, bajo la normatividad anterior, percibían sus derechos de uso del agua como propiedad. Por otro lado, la propuesta de LGA es señalada por mantener el dominio de las grandes empresas sobre el agua, pese a reconocer parcialmente los sistemas comunitarios.
Sin embargo, hay un aspecto poco discutido: el derecho humano al agua. La iniciativa de la Ley General de Aguas establece que el Estado mexicano debe garantizar, de manera progresiva, el acceso y el uso equitativo y sustentable del agua, con el fin de alcanzar la cantidad mínima recomendada por los estándares internacionales. Además, señala que los organismos operadores no podrán suspender por completo el suministro de agua potable ni el servicio de saneamiento por falta de pago; en todo caso deberán asegurar la cantidad mínima necesaria para el consumo humano básico. Esta disposición genera debate, ya que plantea dudas sobre la suspensión del servicio y sus implicaciones sociales, así como sobre la viabilidad financiera para mantener el suministro.
Más allá del derecho humano al agua, la iniciativa plantea cambios estructurales. Busca recuperar la rectoría del agua y ordenar las concesiones, eliminando la transmisión directa de derechos por transferencia, herencia o venta, y sustituyéndola por la reasignación de volúmenes. También limita las atribuciones de los Organismos de Cuenca, que ya no podrán expedir títulos de concesión, sino que solo podrán participar en su expedición. Este ajuste supone un reto administrativo para las oficinas centrales, que enfrentan recursos cada vez más limitados.
La reforma incluye un catálogo de delitos hídricos que serán perseguidos de oficio. Entre ellos destacan la alteración de las instalaciones de medición, la solicitud de concesiones mediante dádivas y el otorgamiento de permisos a cambio de beneficios indebidos por parte de servidores públicos. Aunque se establecen sanciones severas, tanto en años de cárcel como en multas económicas, la baja probabilidad de aplicación, dada la limitada capacidad administrativa actual podría reducir su efectividad.
Otro mecanismo relevante es la cuota de garantía, diseñada para incentivar el uso eficiente del agua, pero percibida como un instrumento de acaparamiento. El pago de esta cuota se limita a dos periodos de dos años para mantener derechos sobre volúmenes no utilizados, aunque no se ha evaluado si cumple su función original.
Finalmente, la iniciativa no contempla el fortalecimiento de los Consejos de Cuenca, actualmente definidos como instancias de coordinación y concertación, apoyo, consulta y asesoría, que promueven y difunden la participación de los usuarios y la información, pero carecen de poder de decisión vinculante en el manejo del agua.
La discusión está abierta y de aprobarse la reforma tal como está planteada, México enfrentará nuevos retos en la gestión de uno de sus recursos más vitales.
Ismael Aguilar Benítez
El Colegio de la Frontera Norte, Unidad Monterrey
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