Una vez más, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dejó pendiente su resolución sobre las reformas que permiten a los partidos políticos devolver parte de su financiamiento público para que sea utilizado en casos de catástrofes y desastres naturales.
La mayoría de los ministros se pronunció por declarar constitucional la facultad de los institutos políticos para devolver parte de su financiamiento.
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Sin embargo, lo que está pendiente por resolverse, es si dichos recursos deben ser entregados al Instituto Nacional Electoral (INE) o a la Tesorería de la Federación.
Durante la sesión, siete ministros se pronunciaron a favor de que el dinero sea devuelto al INE, ya que es el instituto el encargado de la administración y fiscalización de estos recursos.
No obstante, la votación se aplazó, porque el ministro Javier Laynez Potisek no estuvo presente por motivos de salud.
Los ministros solo avalaron borrar la palabra “preferentemente” del artículo 19 Ter de la Ley General de Partidos Políticos (LGPP).
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Lo anterior, para que quede claro que el dinero que será reintegrado por los partidos debe entregarse únicamente para atender los efectos de cualquier desastre o fenómeno contemplado en la Ley General de Protección Civil o cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro.
Es de mencionar que las modificaciones a la Ley General de Partidos Políticos y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de febrero del presente año.