Aseguran 252 armas cortas y de alto poder en el último año

Entre los municipios en donde se han asegurado las armas, a través de operativos de seguridad, están Pachuca de Soto, Tepeji del Río, Cuautepec de Hinojosa y Tizayuca

Alejandro Reyes
Pachuca; Hidalgo /

Entre septiembre de 2022 y septiembre de 2023 la Secretaría de Seguridad Pública de Hidalgo (SSPH) aseguró 252 armas de fuego además de cartuchos, chalecos y cascos balísticos.

De acuerdo con la dependencia estatal de las 252 armas, 142 son cortas y 110 son armas largas de alto poder, las cuales fueron puestas a disposición del Ministerio Público federal.

Se aseguraron también 268 cargadores, ocho mil 385 cartuchos de diferentes calibres, 72 chalecos balísticos, 22 cascos balísticos, tres inhibidores de señal y tres granadas de mano.

Entre los municipios en donde se han asegurado las armas, a través de operativos de seguridad, están Pachuca de Soto, Tepeji del Río, Cuautepec de Hinojosa y Tizayuca.

En el último año, puntualizó la Secretaría de Seguridad Pública estatal, en coordinación con la Procuraduría General de Justicia del estado, se llevaron a cabo 144 órdenes de cateo en donde se desmantelaron centros de distribución de drogas y se aseguraron armas de fuego, objetos del delito así como 242 personas.

En tanto, el Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal y Federal 2023, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) informó que la Fiscalía General de la República (FGR) aseguró en 2022 en Hidalgo 269 armas de fuego de fabricación artesanal.

Asimismo, en agosto pasado, elementos del 96 Batallón de Infantería, en la 18ava Zona Militar, destruyeron mediante cortadoras, 464 armas de fuego, de las cuales 339 son armas cortas, 125 armas largas y ocho mil 988 cartuchos de diferentes calibres. En marzo también fueron destruidas por integrantes del Ejército 179 armas entre cortas y largas.

La Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos establece que las armas materia de delito serán decomisadas para su destrucción, excepto las del uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Mexicanos que serán destinadas a dichas instituciones.

Precisa que la posesión de toda arma de fuego deberá manifestarse a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) para el efecto de su inscripción en el Registro Federal de Armas.

No se permitirá la posesión ni portación de las armas prohibidas por la Ley ni de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, salvo los casos de excepción señalados en la misma Ley.

La Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos menciona que en el domicilio se podrán poseer armas para la seguridad y defensa legítima de sus moradores. Su posesión impone el deber de manifestarlas a la Secretaría de la Defensa Nacional para su registro. Por cada arma se extenderá constancia de su registro.


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